BOPV nº 41 · 2025-02-28 · Gobernanza, Administración Digital y Autogobierno

ORDEN de 20 de febrero de 2025, de la Consejera de Gobernanza, Administración Digital y Autogobierno, por la que se inscribe en el Registro de Fundaciones del País Vasco la modificación de estatutos de la fundación denominada Fundacion Susana Monsma.

El 6 de febrero de 2025 ha tenido entrada en el Departamento de Gobernanza, Administración Digital y Autogobierno, solicitud de inscripción en el Registro de Fundaciones del País Vasco, de la modificación de estatutos de la fundación denominada Fundacion Susana Monsma. Se adjunta al escrito de solicitud la documentación obrante en el expediente. El 17 de diciembre de 2024 se acuerda por el patronato de la fundación la modificación de los siguientes artículos de los estatutos de la Fundación: Artículo 8 (composición del Patronato): se modifica el número mínimo y máximo de personas que forman parte del patronato. Ahora el Patronato estará constituido por un mínimo de siete miembros y un máximo de once miembros. Además, se suprime el párrafo tercero del citado artículo, que hacía referencia a los cargos en el seno del patronato. Artículo 14 (El/La Presidente de la Fundación): modifican los párrafos primero y segundo para indicar el proceso de elección del presidente, en caso de fallecimiento o renuncia del mismo. Artículo 15 (El/La Vicepresidente): establece que el cargo de vicepresidente lo ostentará el fundador. Este acuerdo ha sido elevado a público en Bilbao, el 5 de febrero de 2025, ante el notario, D. Juan Ignacio Gomeza Villa (número de protocolo: 203). Corresponde a la Consejera de Gobernanza, Administración Digital y Autogobierno dictar, mediante Orden, la resolución del presente expediente de modificación estatutaria, en virtud de lo previsto en el artículo 3.1.a) del Decreto 115/2019, de 23 de julio, por el que se aprueba el Reglamento del Protectorado y del Registro de Fundaciones del País Vasco; el artículo 9.1.n) del Decreto 18/2024, de 23 de junio, del Lehendakari, de creación, supresión y modificación de los Departamentos de la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco y de determinación de funciones y áreas de actuación de los mismos. Se han aportado al presente expediente cuantos datos y documentos se consideran esenciales, y se ha cumplido, especialmente, lo previsto en los artículos 37 y 51.2 de la Ley 9/2016, de 2 de junio, de Fundaciones del País Vasco; y el artículo 42 del Decreto 115/2019, de 23 de julio, por el que se aprueba el Reglamento del Protectorado y del Registro de Fundaciones del País Vasco. El texto refundido de los estatutos fundacionales incorporados en la escritura de fecha 5 de febrero de 2025 y número de protocolo 203 serán a efectos de inscripción la última versión válida a tener en cuenta por el registro de Fundaciones del País Vasco. Así, la modificación estatutaria practicada se ajusta a las previsiones legales y reglamentarias aplicables. En virtud de lo expuesto, RESUELVO : Artículo único Inscribir en el Registro de Fundaciones del País Vasco la modificación de los artículos 8, 14 y 15 de los estatutos de la fundación denominada Fundación Susana Monsma incorporando la modificación referida en la parte expositiva, con fecha de la presente Orden y en los términos previstos en la escritura púb

Publicación oficial en euskadi.eus

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