BOPV nº 45 · 2025-03-06 · Economía, Trabajo y Empleo

ORDEN de 18 de febrero de 2025, del Vicepresidente Segundo y Consejero de Economía, Trabajo y Empleo, por la que se procede a la renovación total de las personas titulares y suplentes que integran la Comisión Asesora para la prospección y detección de necesidades formativas.

El Decreto 82/2016, de 31 de mayo, por el que se ordena la Formación Profesional para el Empleo en Euskadi, estableció un nuevo modelo de gestión integrando en un único sistema el conjunto de las actuaciones de Formación Profesional para el Empleo que se desarrollan en nuestro territorio. El artículo 10 de dicho Decreto crea la Comisión Asesora para la prospección y detección de necesidades formativas, como órgano de asesoramiento de Lanbide-Servicio Vasco de Empleo, estando dicha Comisión adscrita a ese organismo autónomo. Mediante la Orden de 30 de julio de 2019, de la Consejera de Empleo y Políticas Sociales, de desarrollo de la composición y régimen de funcionamiento de la Comisión Asesora para la prospección y detección de necesidades formativas, se reguló la composición de la citada comisión, así como su régimen de funcionamiento y financiación. El apartado 1 del artículo 4 de dicha Orden dispone, que la Comisión Asesora para la prospección y detección de necesidades formativas estará integrada por el presidente o presidenta, que corresponderá a la persona titular del departamento competente en materia de Formación Profesional para el empleo, por 10 miembros en representación de la Administración, por 5 miembros en representación de las organizaciones empresariales más representativas, en proporción a su representatividad y por 5 miembros en representación de las organizaciones sindicales, en proporción a su representatividad, y por un técnico o técnica de Lanbide-Servicio Vasco de Empleo, que ejercerá las funciones de Secretario o Secretaria y actuará con voz, pero sin voto. Por su parte, el apartado 2 determina que los miembros en representación de la Administración, salvo el de aquellos que lo sean por razón de su cargo, serán nombrados por el Consejero o Consejera competente en materia de Formación Profesional para el Empleo, a propuesta de los respectivos Consejeros o Consejeras titulares de los departamentos competentes. Y su apartado 3 establece que los miembros en representación de las organizaciones empresariales y de las organizaciones sindicales más representativas serán propuestos por dichas organizaciones y nombrados por el consejero o consejera titular del departamento con competencias en materia de Formación Profesional para el Empleo. La Orden de 27 de diciembre de 2019, de la Consejera de Empleo y Políticas Sociales, publicada en el BOPV n.º 21 de 31 de enero de 2020, procedió al nombramiento inicial de las personas integrantes de la Comisión Asesora para la prospección y detección de necesidades formativas, conforme a lo determinado en la Orden reguladora de la misma. Habiendo finalizado la duración del mandato de las personas integrantes de la Comisión Asesora para la prospección y detección de necesidades formativas, se ha procedido a su renovación total. Todas las organizaciones sindicales y empresariales más representativas del País Vasco, salvo la organización sindical Euskal Langileen Alkartasuna (ELA), designaron en

Publicación oficial en euskadi.eus

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