BOPV nº 52 · 2025-03-17 · eLankidetza-Agencia Vasca de Cooperación y Solidaridad
RESOLUCIÓN de 18 de febrero de 2025, del Director de eLankidetza-Agencia Vasca de Cooperación y Solidaridad, por la que se convocan ayudas a intervenciones de acción humanitaria para el ejercicio 2025.
El Decreto 90/2019, de 18 de junio (Boletín Oficial del País Vasco n.º 120, de 26 de junio), regula las ayudas a intervenciones de acción humanitaria. Mediante la presente Resolución se da cumplimiento para el año 2025 a lo previsto en el mismo. El artículo 2 del citado decreto, establece que dos son las modalidades de ayudas a intervenciones de acción humanitaria que se pueden convocar. Las ayudas a proyectos de acción humanitaria y las ayudas a estrategias de acción humanitaria. En virtud de lo establecido en el artículo 7 del citado Decreto, procede convocar las dos modalidades de ayudas de forma conjunta para el ejercicio 2025. El 30 de diciembre de 2023 entró en vigor la Ley 20/2023, de 21 de diciembre, Reguladora del Régimen de Subvenciones (Boletín Oficial del País Vasco número 247, de 29 de diciembre de 2023), que regula el régimen jurídico general de las subvenciones otorgadas por las entidades del sector público de la Comunidad Autónoma de Euskadi, que deroga el Título VI y el Capítulo III del Título VII del Decreto Legislativo 1/1997, de 11 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Principios Ordenadores de la Hacienda General del País Vasco. Por ello, esta convocatoria incorpora lo dispuesto por la nueva normativa en relación con las obligaciones asumidas por las entidades beneficiarias, la gestión de las ayudas y la resolución de la convocatoria, los supuestos de incumplimiento y el procedimiento de reintegro de ayudas. El 15 de febrero de 2024 se aprobó la Ley 3/2024, de 15 de febrero, de Cooperación y Solidaridad (Boletín Oficial del País Vasco número 44, de 29 de febrero de 2024) que entró en vigor el 1 de marzo, norma legal a la que esta convocatoria también se adapta y que regula elementos esenciales en relación con la concesión de ayudas en materia de cooperación y solidaridad, tales como el objeto y finalidad de la política pública vasca de cooperación y solidaridad o las propias condiciones para resultar beneficiaria de ayudas y subvenciones concedidas por eLankidetza. Esta convocatoria se enmarca dentro del Plan Bienal 2025-2026 de eLankidetza-Agencia Vasca de Cooperación y Solidaridad aprobado por Consejo Rector el 22 de enero de 2025, se encuentran publicados en la página web de eLankidetza-Agencia Vasca de Cooperación y Solidaridad www.elankidetza.euskadi.eus en el apartado «Quienes somos» en «Planificación». Asimismo, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 6 de la Ley 20/2023, de 21 de diciembre, Reguladora del Régimen de Subvenciones, la presente convocatoria tiene su oportuno reflejo en el Plan Estratégico cuatrienal de Subvenciones aprobado por el Director de eLankidetza-Agencia Vasca de Cooperación y Solidaridad. El presupuesto de eLankidetza-Agencia Vasca de Cooperación y Solidaridad para el ejercicio 2025, aprobado por la Ley 8/2024, de 20 de diciembre, por la que se aprueban los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Euskadi para el ejercicio 2025 (BOPV n.º 252, de 30