BOPV nº 57 · 2025-03-24 · Gobernanza, Administración Digital y Autogobierno

ORDEN de 12 de marzo de 2025, de la Consejera de Gobernanza, Administración Digital y Autogobierno, por la que se inscribe en el Registro de Fundaciones del País Vasco la modificación de los estatutos de la fundación denominada Fundación Zaragüeta Zulaica Fundazioa.

El 23 de octubre de 2024 tuvo entrada en el Registro General del Departamento de Gobernanza, Administración Digital y Autogobierno, solicitud de inscripción en el Registro de Fundaciones del País Vasco, la modificación de los estatutos de la fundación denominada Fundación Zaragüeta Zulaica Fundazioa. Se adjuntó al escrito de solicitud la documentación obrante en el expediente. El acuerdo de modificación estatutaria lo adoptó el patronato de la fundación por unanimidad el 1 de octubre de 2024, y se elevó a público en fecha 11 de octubre de 2024 ante el notario de San Sebastián D. José Carlos Arnedo Ruiz (n.º de protocolo: 2129). Se ha modificado el artículo 3 de los estatutos, relativo a los fines fundacionales, a fin de incorporar un fin adicional a los ya existentes. Igualmente, se ha añadido una actividad nueva a las ya contenidas a modo ilustrativo en dicho artículo. Se ha introducido el siguiente fin fundacional: (Vi) la realización de proyectos en fomento de la paz, la convivencia y la defensa de los derechos humanos. La nueva actividad añadida a las ya comprendidas en el mismo artículo dice así: diseño y gestión de proyectos en los que se trabaje, por temática o por metodología empleadas, el fomento de la paz, la convivencia y la defensa de los derechos humanos. Se ha recabado el visto bueno de las personas fundadoras para realizar la modificación estatutaria; de hecho, el patronato está integrado por las personas fundadoras y estas acordaron por unanimidad la modificación de los estatutos. Tras la modificación acordada, el artículo 3 de los estatutos fundacionales queda redactado como sigue: Los fines de interés general que persigue la fundación son: (i) el fomento, el desarrollo y la promoción de actividades sociales, asistenciales, docentes y/o culturales, así como la promoción del emprendizaje empresarial, principalmente dirigido a personas con diversidad funcional y personas en riesgo de exclusión social (ya sea por razones físicas, sociales, económicas o culturales), fomentando el desarrollo personal, la formación, la empleabilidad y la inclusión social de dichos colectivos. (ii) el fomento del sector primario (agrícola, ganadero y forestal), preservando el medio rural. (iii) defensa del medio ambiente y del patrimonio. (iv) el fomento y el apoyo a la innovación social. (v) la conservación, archivo y divulgación de material fotográfico y cinematográfico, documentos históricos y otros de interés general. (vi) la realización de proyectos en fomento de la paz, la convivencia y la defensa de los derechos humanos. Para su consecución, la fundación podrá llevar a cabo, entre otras, las siguientes actividades: promover el desarrollo de actividades de formación académica y/o profesional. conceder becas para formación. asistencia y acogimiento a personas en riesgo de exclusión social. apoyar la creación de empresas de carácter social, que fomenten la autonomía y el empoderamiento personal. impulsar la creación de empresas de producción de crea

Publicación oficial en euskadi.eus

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