BOPV nº 61 · 2025-03-28 · Osakidetza-Servicio vasco de salud
RESOLUCIÓN 464/2025, de 11 de marzo, de la Directora General de Osakidetza-Servicio vasco de salud, por la que se hace pública la convocatoria para la provisión, mediante el sistema de libre designación, del puesto de Jefe/a de la Unidad de Gestión Clínica de Cirugía Cardiaca (OSI Bilbao-Basurto - Organización Sanitaria Integrada Ezkerraldea-Enkarterri-Cruces), de la Dirección General de Osakidetza-Servicio vasco de salud.
Mediante la presente Resolución se hace pública la convocatoria para la provisión, por el procedimiento de libre designación, del puesto de Jefe/a de la Unidad de Gestión Clínica de Cirugía Cardiaca de las OSI Bilbao-Basurto y Ezkerraldea Enkarterri Cruces, de la Dirección General de Osakidetza-Servicio vasco de salud, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 28 de la Norma Común Tercera de la Ley 8/1997, de 26 de junio, de Ordenación Sanitaria de Euskadi, en el Decreto 186/2005, de 19 de julio, por el que se regulan los puestos funcionales de Osakidetza y en el Decreto 255/1997, de 11 de noviembre, por el que se establecen los Estatutos Sociales del Ente Público Osakidetza-Servicio vasco de salud. El Decreto 100/2018, de 3 de julio, de las organizaciones sanitarias integradas del ente público Osakidetza-Servicio vasco de salud, en el que se determina la tipología de organizaciones de servicios de Osakidetza-Servicio vasco de salud, establece que la prestación asistencial de las OSIs se estructura, con carácter general, en servicios hospitalarios y unidades de atención primaria, recogiendo que «sin perjuicio de lo anterior, en las OSI podrán existir unidades organizativas que contemplen actividades asistenciales de carácter transversal para los diferentes servicios. Su constitución y régimen de funcionamiento se aprobarán por la Dirección General de Osakidetza-Servicio vasco de salud, a propuesta de la Dirección Gerencia.». El artículo 30 establece que «La creación, modificación y extinción de los servicios hospitalarios se realizará por acuerdo del Consejo de Administración de Osakidetza-Servicio vasco de salud a propuesta de la Dirección General de Osakidetza-Servicio vasco de salud y requerirá las autorizaciones establecidas en el Decreto 31/2006, de 21 de febrero, de autorización de los centros, servicios y establecimientos sanitarios». Atendiendo a la solicitud de constitución de la Unidad de Gestión Clínica de Cirugía Cardiaca de Osakidetza, formulada por las OSI Bilbao-Basurto y Ezkerraldea-Enkarterri-Cruces y presentada por la Directora General de Osakidetza, con su aprobación, tras haber sido negociado en el seno de la Mesa Sectorial de Sanidad, se crea la Unidad de Gestión Clínica de Cirugía Cardiaca de Osakidetza-Servicio vasco de salud, mediante el Acuerdo de 11 de febrero de 2025, del Consejo de Administración de Osakidetza. La Unidad de Gestión Clínica de Cirugía dependerá orgánica y funcionalmente de la Dirección General de Osakidetza. Al frente de esta Unidad estará el Responsable de la Unidad de Gestión Clínica que será nombrado por la Dirección General. En este sentido, la Unidad de Gestión Clínica se configura como una estructura organizativa que permite la gestión de los recursos utilizados en el desarrollo de su actividad clínica, agrupando al conjunto de recursos humanos y materiales asignados a la misma con el objeto de proveer servicios sanitarios conforme a un modelo de práctica clínica integrada. Conforme a lo expu