BOPV nº 62 · 2025-03-31 · Bienestar, Juventud y Reto Demográfico
RESOLUCIÓN de 26 de marzo de 2025, del Viceconsejero de Juventud y Reto Demográfico, por la que se convocan las ayudas del Programa Emantzipa de emancipación juvenil para el año 2025.
El Decreto 191/2023, de 26 de diciembre, regula las ayudas al Programa Emantzipa de emancipación juvenil (Boletín Oficial del País Vasco número 12, de 16 de enero de 2024). El 30 de diciembre de 2023 entró en vigor la Ley 20/2023, de 21 de diciembre, Reguladora del Régimen de Subvenciones, que regula el régimen jurídico general de las subvenciones otorgadas por las entidades del sector público de la Comunidad Autónoma de Euskadi, y deroga el Título VI y el Capítulo III del Título VII del Texto Refundido de la Ley de Principios Ordenadores de la Hacienda General del País Vasco, aprobado por el Decreto Legislativo 1/1997, de 11 de noviembre. Por su parte, el apartado 1 de la Disposición Final Primera de la citada Ley 20/2023, de 21 de diciembre, en la redacción dada al mismo por la Disposición Final Segunda de la Ley 8/2024, de 20 de diciembre, por la que se aprueban los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Euskadi para el ejercicio 2025, determina que las bases reguladoras de ayudas y subvenciones de vigencia indefinida deberán adaptarse a lo dispuesto en dicha ley en el plazo de veinticuatro meses a contar desde la entrada en vigor de aquella, transcurrido el cual, sin haberse materializado dicha adaptación, habrán de entenderse derogadas. El Programa de Gobierno de la XIII Legislatura incluye entre sus compromisos de Legislatura ayudar a las personas jóvenes a comenzar un nuevo proyecto de vida, y el Programa Emantzipa tiene como finalidad facilitar o consolidar los procesos de emancipación juvenil, mediante un impulso o espaldarazo cuando más necesario y oportuno resulta, siendo este uno de los objetivos estratégicos a lograr por el Departamento de Bienestar, Juventud y Reto Demográfico. La necesidad de continuar apoyando e impulsando la emancipación juvenil, así como el elevado número de solicitudes presentadas, aconsejan realizar una nueva convocatoria de ayudas del programa antes mencionado, con la finalidad de alcanzar los objetivos perseguidos por la Estrategia Vasca 2030 para favorecer la emancipación juvenil. La presente convocatoria incorpora lo dispuesto en la normativa autonómica sobre subvenciones en relación con las obligaciones asumidas por las entidades beneficiarias, la gestión de las ayudas y la resolución de la convocatoria, los supuestos de incumplimiento y el procedimiento de reintegro de ayudas. Asimismo, la convocatoria incorpora las modificaciones operadas por la Disposición Adicional Decimoséptima de la Ley 8/2024, de 20 de diciembre, que aumenta el límite de los ingresos anuales requeridos para acceder a las ayudas del Programa Emantzipa de la emancipación juvenil en el año 2025, que deberán ser superiores a 3.000 euros e inferiores a 30.000 euros. En caso de que la persona solicitante haga su declaración en tributación conjunta con su cónyuge o pareja de hecho, los ingresos anuales requeridos deberán ser superiores a 3.000 euros e inferiores a 36.500 euros. Por otra parte, y en cumplimiento de lo dispuesto