BOPV nº 42 · 2025-03-03 · Gobernanza, Administración Digital y Autogobierno
ORDEN de 20 de febrero de 2025, de la Consejera de Gobernanza, Administración Digital y Autogobierno, por la que se inscribe en el Registro de Fundaciones del País Vasco la modificación de estatutos de la fundación denominada Eki Fundazioa.
El 20 de diciembre de 2024 ha tenido entrada en el Departamento de Gobernanza, Administración Digital y Autogobierno, solicitud de inscripción en el Registro de Fundaciones del País Vasco, de la modificación de estatutos de la fundación denominada Eki Fundazioa. Se adjunta al escrito de solicitud la documentación obrante en el expediente. El 10 de diciembre de 2024 se acuerda por el patronato de la fundación la modificación del artículo 6 de los estatutos de la Fundación relativo al domicilio. Este acuerdo ha sido elevado a público en Bilbao, el 20 de diciembre de 2024, ante el notario, D. Jaime Fernández Ostolaza (número de protocolo: 1.702). Corresponde a la Consejera de Gobernanza, Administración Digital y Autogobierno dictar, mediante Orden, la resolución del presente expediente de modificación estatutaria, en virtud de lo previsto en el artículo 3.1.a) del Decreto 115/2019, de 23 de julio, por el que se aprueba el Reglamento del Protectorado y del Registro de Fundaciones del País Vasco; el artículo 9.1.n) del Decreto 18/2024, de 23 de junio, del Lehendakari, de creación, supresión y modificación de los Departamentos de la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco y de determinación de funciones y áreas de actuación de los mismos. Se han aportado al presente expediente cuantos datos y documentos se consideran esenciales, y se ha cumplido, especialmente, lo previsto en los artículos 37 y 51.2 de la Ley 9/2016, de 2 de junio, de Fundaciones del País Vasco; y el artículo 42 del Decreto 115/2019, de 23 de julio, por el que se aprueba el Reglamento del Protectorado y del Registro de Fundaciones del País Vasco. El texto refundido de los estatutos fundacionales incorporados en la escritura de fecha 20 de diciembre de 2024 y número de protocolo 1702 serán a efectos de inscripción la última versión válida a tener en cuenta por el registro de Fundaciones del País Vasco. Así, la modificación estatutaria practicada se ajusta a las previsiones legales y reglamentarias aplicables. En virtud de lo expuesto, RESUELVO : Artículo único Inscribir en el Registro de Fundaciones del País Vasco la modificación del artículo 6 de los estatutos, relativo al domicilio de la fundación denominada Eki Fundazioa incorporando la modificación referida en la parte expositiva, con fecha de la presente Orden y en los términos previstos en la escritura pública otorgada el 20 de diciembre de 2024 ante el notario D. Jaime Fernández Ostolaza (número de protocolo: 1.702). De esta inscripción, el domicilio de la Fundación pasa a situarse en Getxo, en Avenida Algorta, 16, 3.º. DISPOSICIÓN ADICIONAL Acordar la publicación de la presente Orden en el Boletín Oficial del País Vasco y notificar la Orden a las personas interesadas. DISPOSICIÓN FINAL Contra la presente Orden, que agota la vía administrativa, cabrá interponer recurso potestativo de reposición ante esta Consejera de Gobernanza, Administración Digital y Autogobierno en el plazo de un mes a partir del día siguiente