BOPV nº 63 · 2025-04-01 · Educación

RESOLUCIÓN de 26 de marzo de 2025, de la Directora de Aprendizajes Singulares, sobre admisión de alumnos y alumnas en régimen de internado en el Centro Residencial del Complejo Educativo de Eibar para el curso 2025-2026.

El derecho a la educación y a la libertad de enseñanza asiste a toda la ciudadanía, y es obligación de los poderes públicos el arbitrar medidas dirigidas a compensar las limitaciones o desequilibrios existentes para acceder a la educación en situación de igualdad. La existencia de un Centro Residencial dentro del Complejo Educativo de Eibar permite hacer una oferta especialmente adecuada para el alumnado que cursa determinados estudios fuera del lugar de su residencia familiar. El Decreto 24/2011, de 22 de febrero, de modificación del Decreto 164/2002, de 2 de julio, por el que se crea el Centro Residencial de Eibar y se determina la estructura y organización administrativa del Complejo Educativo de Eibar, dispone que el procedimiento de admisión del alumnado en el Centro Residencial del Complejo Educativo de Eibar, la forma y presentación de las solicitudes, la documentación que deberá acompañar a las mismas, así como los plazos del proceso estarán reguladas por una Resolución de la Directora de Aprendizajes Singulares del Departamento de Educación. A tal fin, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 19 de dicho Decreto 164/2002, de 2 de julio, RESUELVO : Artículo 1 Ámbito de aplicación. La presente Resolución se aplicará en el proceso de admisión de los alumnos y alumnas en régimen de internado en el Centro Residencial del Complejo Educativo de Eibar para el curso 2025-2026. Artículo 2 Calendario de admisión y matriculación. a) La entrega de la solicitud por parte del alumnado: del 30 de junio al 18 de julio de 2025. b) Publicación de listados provisionales: 22 de julio de 2025. La lista provisional de admitidos estará compuesta por las solicitudes realizadas en tiempo y forma, y para establecer el orden se tendrá en cuenta lo recogido en el Capítulo Cuarto del Decreto 24/2011, de 22 de febrero de modificación del Decreto 164/2002, por el que se crea el Centro Residencial de Eibar y se determina la estructura y organización administrativa del Complejo Educativo de Eibar. c) Plazo de reclamación al listado provisional: hasta el 24 de julio de 2025. d) Publicación de listados definitivos: 29 de julio de 2025. e) Presentación de recurso de alzada a los listados definitivos: hasta el 29 de agosto de 2025. f) Lista de espera: hasta el 30 de septiembre de 2025. Artículo 3 El número de plazas de residencia máximo será de 220. Si una vez resuelta totalmente la convocatoria quedaran plazas vacantes, el Director o Directora del centro Residencial podrá autorizar la admisión en la Residencia, desde el momento en que lo soliciten hasta la finalización del curso, de aquellas personas que efectúen la correspondiente solicitud y cumplan los requisitos establecidos. Artículo 4 Las solicitudes se formularán en los impresos que a tal efecto serán facilitados en el Centro Residencial de Eibar o a través de su página web www.eibarkoegoitza.eus. En dichos impresos se recoge la relación de documentos que deben adjuntarse a la solicitud. Artículo 5 Solicitud y

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