BOPV nº 67 · 2025-04-07 · Vivienda y Agenda Urbana
DECRETO 72/2025, de 25 de marzo, por el que se declara de urgencia la ocupación por el Consorcio de Aguas Bilbao Bizkaia, a efectos de expropiación forzosa, de los bienes y derechos afectados por el «Proyecto de mejora de la red de abastecimiento en el entorno de los depósitos de Sopela», en el municipio de Sopela.
El Consorcio de Aguas Bilbao Bizkaia, tras elaborar y aprobar formalmente el expediente del «Proyecto de mejora de la red de abastecimiento en el entorno de los depósitos de Sopela», puso de manifiesto la necesidad de contar con la disponibilidad de todos los terrenos para la realización del proyecto. Con fecha 15 de febrero de 2024, el Consorcio de Aguas de Bilbao Bizkaia acuerda iniciar el expediente de expropiación forzosa y someter al trámite de información pública la relación de bienes y derechos afectados, por el plazo de quince días, mediante anuncios insertados en el Boletín Oficial de Bizkaia n.º 42, de 28 de febrero de 2024, y prensa. Posteriormente, en sesión celebrada el 5 de junio de 2024, el Consorcio de Aguas de Bilbao Bizkaia acuerda solicitar al Gobierno Vasco la declaración de urgente ocupación de los bienes y derechos afectados por el referido proyecto, a los efectos previstos en el artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa. Los bienes y derechos a los que se concreta la declaración de urgente ocupación han quedado determinados e individualizados con los datos suficientes para su identificación en la relación confeccionada al efecto y que obra en el expediente, la cual, en su momento, fue sometida a información pública, no habiéndose presentado alegaciones, según consta en el expediente administrativo. Se estima inaplazable la ocupación de los bienes y derechos señalados por las siguientes circunstancias formuladas por el solicitante: Ante los antecedentes descritos se consideró necesario llevar a cabo la redacción de un proyecto que contemplara la sustitución de la conducción de agua potable de salida del depósito actualmente existente mediante la instalación de una nueva conducción en Fundición Dúctil DN 250 en una longitud aproximada de 250 m con un trazado distinto que permita la eliminación del punto alto problemático. Esto permitirá la puesta en servicio del nuevo depósito de mayor volumen (4.200 m3). Este depósito cuenta con un volumen considerablemente superior al depósito antiguo cuya autonomía limita el uso de agua potable pudiendo suponer problemas en el abastecimiento (cortes de suministro) a los abonados de la zona. La instalación de estas nuevas conducciones conllevará la puesta en servicio del depósito nuevo al 100 % de su capacidad lo que mejorará el servicio prestado a los abonados, garantizando un suministro continuado y de calidad incluso en épocas de mayor demanda. De manera complementaria, se solucionará la problemática del desagüe del nuevo depósito, que actualmente vierte sus aguas a una finca privada a media ladera, conectándolo al desagüe del depósito antiguo. Para ello será necesario realizar pequeñas actuaciones en la red de distribución en el entorno de industrialdea. La correcta ejecución del desagüe evitará las molestias ocasionadas a la propiedad de la finca. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 26.1.f) de la Ley 4/1990, de 31 de mayo, de Ordenación del Territorio del País Vasco, cor