BOPV nº 72 · 2025-04-14 · Turismo, Comercio y Consumo
ORDEN de 9 de abril de 2025, del Consejero de Turismo, Comercio y Consumo, de corrección de la Orden de 18 de marzo de 2025, por la que se convoca, para el ejercicio 2025, el programa de ayudas destinadas a incentivar las estrategias zonales de Cooperación, Dinamización y Competitividad Comercial Urbana, Hirigune 2025.
El artículo 18.2.c) del Decreto 217/2008, de 23 de diciembre, sobre el Boletín Oficial del País Vasco, establece que los errores u omisiones en el texto remitido para su publicación que no se deduzcan claramente del contexto y cuya rectificación pueda suponer una real o aparente modificación del contenido o sentido del documento, se subsanarán mediante disposición del mismo rango. Advertido error de dicha índole en la publicación de la Orden de 18 de marzo de 2025, del Consejero de Turismo, Comercio y Consumo, por la que se regula y convoca, para el ejercicio 2025, el programa de ayudas destinadas a incentivar las estrategias zonales de Cooperación, Dinamización y Competitividad Comercial Urbana, Hirigune 2025, publicada en el BOPV con n.º 59, de 26 de marzo de 2025, se procede a su corrección: En la página 2025/1358 (9/37), en el artículo 8.2 segundo párrafo, de la publicación en castellano, en la tabla de intervalo de numero de comercios que figura, donde dice: (Véase el .PDF) Debe decir: (Véase el .PDF) En las páginas 2025/1358 (24/37) y 2025/1358 (25/37), en el Anexo IV, en la tabla de densidad comercial de la CAPV, dentro de relación correspondiente al Territorio de Álava, deben incluirse los siguientes datos al haberse omitido en la publicación afectada: (Véase el .PDF) En Vitoria-Gasteiz, a 9 de abril de 2025. El Consejero de Turismo, Comercio y Consumo, JAVIER HURTADO DOMÍNGUEZ.