BOPV nº 75 · 2025-04-22 · Instituto Vasco de Consumo

RESOLUCIÓN de 2 de abril de 2025, del Director de Kontsumobide-Instituto Vasco de Consumo, por la que se hacen públicas las bases y la convocatoria de la concesión de ayudas económicas a las organizaciones de personas consumidoras, en el ejercicio 2025.

Las organizaciones de personas consumidoras son entidades sin ánimo de lucro que tienen como finalidad la defensa de los derechos e intereses legítimos de las personas consumidoras, así como su información, formación y educación. El artículo 10 del Estatuto de Autonomía del País Vasco establece que la Comunidad Autónoma del País Vasco tiene competencia exclusiva en materia de defensa del consumidor y usuario. La Ley 4/2023, del Estatuto de las personas consumidoras y usuarias, en su artículo 61, reconoce y fomenta el asociacionismo, concretamente, reconoce a las asociaciones de personas consumidoras y usuarias que desarrollen su actividad en el ámbito de Euskadi como el cauce de representación y participación para la defensa de los intereses de las personas consumidoras y usuarias. Kontsumobide-Instituto Vasco de Consumo se crea por Ley 9/2007 con el objetivo de definir, planificar, impulsar y ejecutar las políticas del Gobierno Vasco en materia de defensa y protección de las personas consumidoras y usuarias. Entre sus funciones, están la de potenciar y fomentar el desarrollo de las asociaciones y entidades de defensa y protección de las personas consumidoras y usuarias, y colaborar activa y económicamente con las asociaciones en el ejercicio de las funciones de asesoramiento, defensa e información. Con fecha 17 de diciembre de 2024, mediante resolución del Director de Kontsumobide, se aprueba el Plan Estratégico de Subvenciones del Organismo Autónomo, en cumplimiento con lo establecido en el artículo 6.1 de la Ley 20/2023, de 21 de diciembre, Reguladora del Régimen de Subvenciones, y que se publica en la página web de este organismo autónomo. En base a las consideraciones expuestas y teniendo en cuenta lo dispuesto en la Ley 20/2023 de 21 de diciembre, Reguladora del Régimen de Subvenciones RESUELVO : Artículo 1 Objeto y finalidad de las subvenciones. La presente Resolución tiene por objeto regular la concesión de ayudas económicas a las organizaciones de personas consumidoras del País Vasco que realicen las siguientes actividades. Para la línea 1 «Atención a las personas consumidoras», se subvencionarán los gastos derivados del funcionamiento general de las organizaciones de personas consumidoras, a fin de realizar las siguientes actividades: Atención a las consultas que presenten las personas consumidoras. Gestión de reclamaciones y realización de mediaciones en controversias relativas a relaciones de consumo. Acciones formativas e informativas dirigidas a personas consumidoras. Para la línea 2 «Asistencia jurídica» se subvencionarán los gastos derivados de la asistencia jurídica prestada por las organizaciones a las personas consumidoras, tales como: Consultas con un/a asesor/a jurídico/a de la asociación. Defensa en juicio de los derechos e intereses de las personas consumidoras que se lleven a cabo en el territorio de la Comunidad Autónoma Vasca. Orientaciones jurídicas de carácter general dirigidas al conjunto de personas consumidoras. Pre

Publicación oficial en euskadi.eus

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