BOPV nº 77 · 2025-04-24 · Economía, Trabajo y Empleo

RESOLUCIÓN de 10 de abril de 2025, del Director General de Lanbide-Servicio Vasco de Empleo, por la que se procede a la publicación de la convocatoria 2025-2026 de ayudas para el desarrollo de la actividad de centros de empleo, en colaboración con Lanbide-Servicio Vasco de Empleo.

El Consejo de Administración de Lanbide-Servicio Vasco de Empleo, mediante Acuerdo adoptado en su sesión de 10 de abril de 2025, ha aprobado la convocatoria 2025-2026 de ayudas para el desarrollo de la actividad de centros de empleo, en colaboración con Lanbide-Servicio Vasco de Empleo, de conformidad con lo dispuesto en el apartado o) del artículo 10.2 de los Estatutos de Lanbide, aprobados por el Decreto 82/2012, de 22 de mayo, en la redacción dada por el Decreto 98/2022, de 30 de agosto, de segunda modificación de los Estatutos de Lanbide, corresponde al Director General de este organismo autónomo proceder a su publicación. Por lo expuesto, RESUELVO : Primero Proceder a la publicación de la convocatoria 2025-2026 de ayudas para el desarrollo de la actividad de centros de empleo, en colaboración con Lanbide-Servicio Vasco de Empleo, aprobada por Acuerdo del Consejo de Administración de Lanbide-Servicio Vasco de Empleo, adoptado en su sesión de 10 de abril de 2025, recogida como anexo a esta Resolución. Segundo Informar que el Acuerdo del Consejo de Administración de Lanbide-Servicio Vasco de Empleo por el que se aprueba la convocatoria de ayudas surtirá efectos desde el día siguiente a la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial del País Vasco. Tercero Hacer saber que contra el Acuerdo del Consejo de Administración de Lanbide-Servicio Vasco de Empleo por el que se aprueba la convocatoria podrá interponerse recurso de reposición ante el mismo órgano en el plazo de un mes a partir del día siguiente a la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial del País Vasco, o bien, directamente recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Vitoria-Gasteiz, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a dicha publicación. En Vitoria-Gasteiz, a 10 de abril de 2025. El Director General de Lanbide-Servicio Vasco de Empleo, FRANCISCO PEDRAZA MORENO. ANEXO CONVOCATORIA 2025-2026 DE AYUDAS PARA EL DESARROLLO DE LA ACTIVIDAD DE CENTROS DE EMPLEO, EN COLABORACIÓN CON LANBIDE-SERVICIO VASCO DE EMPLEO La atención personalizada se constituye como la mejor garantía para la consecución de los objetivos de mejora de la empleabilidad de las personas en situación de desempleo y mantenimiento del empleo de las personas ocupadas. El acceso a los servicios de orientación para el empleo que una buena parte de la población continúa demandando se constituye a su vez objetivo del Servicio Vasco de Empleo de obligada prestación como así lo refieren tanto la norma básica reflejada en la Ley 3/2023, de 28 de febrero, de Empleo como en la Ley vasca 15/2023, de 21 de diciembre. En esta normativa citada se señala la necesidad de que los servicios públicos de empleo y sus entidades colaboradoras vayan desarrollando una adaptación y adecuación continua de los medios puestos a disposición de la ciudadanía para alcanzar los objetivos de atención comprometidos. Se ha demostrado en el pasado reciente por parte de Lanbide

Publicación oficial en euskadi.eus

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