BOPV nº 85 · 2025-05-08 · Economía, Trabajo y Empleo

ORDEN de 23 de abril de 2025, del Vicepresidente Segundo del Gobierno y Consejero de Economía, Trabajo y Empleo, por la que se declara de utilidad pública a la sociedad cooperativa denominada «Aratz Ikastola, Koop. S.».

HECHOS Primero Con fecha 8 de octubre de 2024 tuvo entrada en el Departamento de Economía, Trabajo y Empleo del Gobierno Vasco, solicitud presentada por Dña. Laura Pacheco García, quien manifestaba obrar en nombre y representación de la cooperativa Aratz Ikastola, Koop. S. a través de la cual insta que esta última sea declarada de utilidad pública. La solicitud se fundamenta en acuerdo del Consejo Rector de 30 de octubre de 2023 y se acompaña de certificación expedida por Dña. Laura Pacheco García, Secretaria del Consejo Rector, con el visto bueno del Presidente, D. Iñigo Bergara Etxegarai, en la que se consignan los hechos y razones que, a su juicio, justifican el cumplimiento de los requisitos reglamentarios fijados por el Decreto 64/1999, de 2 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento sobre procedimientos y requisitos relativos a las sociedades cooperativas de utilidad pública. Segundo Con fecha 8 de enero de 2025 se publica en el BOPV anuncio en cumplimiento del artículo 9, párrafo tercero del Decreto 64/1999, de 2 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento sobre procedimientos y requisitos relativos a las sociedades cooperativas de utilidad pública, abriendo un periodo de información pública para que cualquier persona interesada pudiera examinar el expediente y formular las alegaciones que considerase oportunas en un plazo de veinte días hábiles. Vencido dicho plazo no consta que se haya presentado alegación alguna. Tercero El día 5 de diciembre de 2024 se solicita, en observancia de lo previsto por el artículo 9 en relación con el artículo 7 del Decreto 64/1999, informe al Departamento de Educación del Gobierno Vasco. Cuarto El día 6 de febrero de 2025, el Director de Economía Social decreta la suspensión del plazo máximo para dictar y notificar la resolución del procedimiento en base a lo previsto en el artículo 22.1.d) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Consta en el expediente la notificación a la persona interesada de este acto el mismo 6 de febrero de 2025. Quinto El día 16 de abril de 2025 se recibe Informe del Director de Régimen Jurídico y Servicios del Departamento de Educación en el que, después de consignar los antecedentes de hecho y fundamentos jurídicos pertinentes, se concluye que concurren, a su juicio, los presupuestos para que «Aratz Ikastola, Koop. S.» sea declarada de utilidad pública. A los anteriores hechos son de aplicación los siguientes: FUNDAMENTOS DE DERECHO Primero De conformidad con el artículo 156.2 de la Ley 11/2019, de 20 de diciembre, de Cooperativas de Euskadi, las entidades cooperativas que contribuyan a la promoción del interés general de Euskadi mediante el desarrollo de sus funciones serán reconocidas de utilidad públicas por el Gobierno Vasco según el procedimiento, régimen y requisitos que establecidos reglamentariamente. Segundo La norma reglamentaria referida observable aquí es el Decreto 64/1999, de 2 de febrero, po

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