BOPV nº 86 · 2025-05-09 · Gobernanza, Administración Digital y Autogobierno
RESOLUCIÓN 43/2025, de 2 de mayo, del Director de la Secretaría del Gobierno y de Relaciones con el Parlamento, por la que se dispone la publicación del Convenio con el Organismo Estatal Inspección de Trabajo y Seguridad Social para la cesión del uso de diversas aplicaciones informáticas.
Habiéndose suscrito por la Administración General de la Comunidad Autónoma del País Vasco el Convenio referenciado, a los efectos de darle la publicidad debida, RESUELVO : Artículo único Publicar en el Boletín Oficial del País Vasco el texto del Convenio suscrito con el Organismo Estatal Inspección de Trabajo y Seguridad Social para la cesión del uso de diversas aplicaciones informáticas, que figura como anexo a la presente. En Vitoria-Gasteiz, a 2 de mayo de 2025. El Director de la Secretaría del Gobierno y de Relaciones con el Parlamento, JON IÑAKI URBINA GARCÍA DE VICUÑA. ANEXO A LA RESOLUCIÓN 43/2025, DE 2 DE MAYO, DEL DIRECTOR DE LA SECRETARÍA DEL GOBIERNO Y DE RELACIONES CON EL PARLAMENTO CONVENIO ENTRE EL ORGANISMO AUTÓNOMO ORGANISMO ESTATAL INSPECCIÓN DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL Y LA ADMINISTRACIÓN GENERAL DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DEL PAÍS VASCO PARA LA CESIÓN DEL USO DE DIVERSAS APLICACIONES INFORMÁTICAS REUNIDOS : De una parte: D./Dña. Cristina Fernández González, que interviene como Director/a del Organismo Estatal Inspección de Trabajo y Seguridad Social, nombrado/a por Real Decreto 21/2024, de 9 de enero, en quien recaen las funciones de representación del citado Organismo Estatal, así como su dirección y gobierno, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 8.2 de los Estatutos del Organismo Estatal Inspección de Trabajo y Seguridad Social aprobados por el Real Decreto 192/2018, de 6 de abril, siendo competente para la firma del presente Convenio, de conformidad con lo previsto en el artículo 31.3.e) de la Ley 23/2015, de 21 de julio, Ordenadora del Sistema de Inspección de Trabajo y Seguridad Social, y artículo 8.3.g) de los ya citados Estatutos del Organismo Autónomo todo ello en virtud de lo dispuesto en el artículo 48.2 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. Y de otra: D. Miguel Torres Lorenzo, que interviene en su condición de Vicepresidente Segundo del Gobierno y Consejero de Economía, Trabajo y Empleo, nombrado por Decreto 21/2024, de 24 de junio, del Lehendakari, y actuando en nombre y representación de la Administración General de la Comunidad Autónoma del País Vasco, en virtud de la autorización otorgada por el Consejo de Gobierno en su sesión de 8 de abril de 2025. Ambas partes se reconocen mutuamente la capacidad para obligarse y convenir, por lo que EXPONEN: La Ley 39/2015, de 31 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, supuso un avance en el uso de medios electrónicos en el ámbito de las administraciones públicas, al establecer que la tramitación electrónica debe ser la forma habitual de funcionamiento de estas y de su relación con los ciudadanos. Sobre ese presupuesto, la ley se orienta hacia una administración totalmente electrónica, interconectada y transparente, con el objetivo de agilizar los procedimientos administrativos y reducir los tiempos de tramitación. En el mismo principio se inspira la Ley 40/2015, de 31 de octubre, sobre Ré