BOPV nº 93 · 2025-05-20 · Alimentación, Desarrollo Rural, Agricultura y Pesca

ORDEN de 12 de mayo de 2025, del Consejero de Hacienda y Finanzas y de la Consejera de Alimentación, Desarrollo Rural, Agricultura y Pesca, por la que se establece la composición de la Mesa de Contratación del Departamento de Alimentación, Desarrollo Rural, Agricultura y Pesca.

La reestructuración de los Departamentos de la Administración general de la Comunidad Autónoma del País Vasco, operada en virtud del Decreto 18/2024, de 23 de junio, del Lehendakari, de creación, supresión y modificación de los Departamentos de la Administración General de la Comunidad Autónoma del País Vasco y de determinación de funciones y áreas de actuación de los mismos, así como la reconfiguración de la estructura del Departamento de Alimentación, Desarrollo Rural, Agricultura y Pesca fruto del Decreto 438/2024, de 11 de diciembre, por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Alimentación, Desarrollo Rural, Agricultura y Pesca, hacen necesaria la reconfiguración de la Mesa de Contratación del Departamento de Alimentación, Desarrollo Rural, Agricultura y Pesca. Ateniéndose a lo dispuesto en el artículo 8 del Decreto 116/2016, de 27 de julio, sobre el régimen de la contratación del sector público de la Comunidad Autónoma de Euskadi, que determina la estructura que deben tener las mesas de contratación, así como las disposiciones normativas aplicables y previo informe de la Junta Asesora de Contratación Pública de la Comunidad Autónoma de Euskadi, DISPONEMOS: Artículo 1 El órgano de contratación del Departamento de Alimentación, Desarrollo Rural, Agricultura y Pesca estará asistido en los procedimientos de adjudicación abierto, restringido y negociado con publicidad por una Mesa de Contratación, que ejercerá las funciones del artículo 9 del Decreto 116/2016, de 27 de julio, sobre el régimen de la contratación del sector público de la Comunidad Autónoma. Sus integrantes, a excepción del representante de la Oficina de Control Económico, serán nombrados por el órgano de contratación y estará constituida por los siguientes miembros: a) Presidencia: ejercerá las funciones de presidencia de la Mesa de Contratación la persona Responsable del área de Gestión Económica y Presupuestaria de la Dirección de Servicios. En los casos de vacante, ausencia o enfermedad u otra causa legal, será suplida por un Técnico o una Técnica de Gestión Económica y Presupuestaria del Departamento. b) Vocales: Una persona en representación de la Dirección demandante de la contratación, designada por el órgano de contratación, que tendrá encomendado el asesoramiento técnico al órgano de contratación. Una persona en representación de la Oficina de Control Económico, designada por la persona titular de la misma. Una persona en representación de la Dirección de Estrategia Digital, designada por la persona titular de la misma, en los supuestos previstos en el Decreto 36/2020, de 10 de marzo, por el que se regula el Modelo de Gestión de las Tecnologías de la Información y la Comunicación en el Sector Público de la Comunidad Autónoma de Euskadi. Opcionalmente, y a petición del órgano de contratación, una persona que ejercerá de vocal en representación de la Dirección de Patrimonio y Contratación, propuesto por su titular y nombrado por el órgano d

Publicación oficial en euskadi.eus

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