BOPV nº 94 · 2025-05-21 · Gobernanza, Administración Digital y Autogobierno
ORDEN de 22 de abril de 2025, de la Consejera de Gobernanza, Administración Digital y Autogobierno, por la que se inscribe en el Registro de Fundaciones del País Vasco la modificación de estatutos de la fundación denominada Orienta Zaitez Fundazioa.
El 28 de febrero de 2025 ha tenido entrada en el Departamento de Gobernanza, Administración Digital y Autogobierno, solicitud de inscripción en el Registro de Fundaciones del País Vasco, de la modificación de estatutos de la fundación denominada Orienta Zaitez Fundazioa. Se adjunta al escrito de solicitud la documentación obrante en el expediente. La redacción actual del artículo referente a los fines fundacionales, artículo 3 de los estatutos, es la siguiente: Artículo 3 Fines fundacionales: La Fundación Orienta Zaitez Fundazioa tiene por finalidad la inserción laboral de jóvenes a través de la orientación. La Fundación pretende abordar de manera global la gran oportunidad que supone la revolución digital dentro de la Unión Europea: no hay una formación formal adaptada a los nuevos requerimientos digitales y las empresas no encuentran personas formadas en las nuevas oportunidades y necesidades del mercado digital mundial. Para el cumplimiento de esta finalidad, la Fundación desarrollará, como actividades concretas y más importantes e inmediatas, las siguientes: Desarrollo de charlas, foros y congresos. Programas de empleo específicos formalizados en convenios con instituciones y empresas. Desarrollos digitales, audiovisuales y publicaciones que faciliten la inserción laboral de los jóvenes. Cuantas acciones sean necesarias para allegar fondos que faciliten sus objetivos. En la reunión del Patronato celebrada el 20 de diciembre de 2024, se acordó la modificación del artículo 3 de los estatutos de la fundación, relativo a los fines fundacionales. En concreto, se amplían los fines de la entidad incorporando las siguientes actividades: Creación, edición y generación de contenidos, publicaciones, eventos, contenidos digitales, webs y demás temas audiovisuales íntegramente en euskera. Participación, divulgación o educación social dirigidas a promover el compromiso con la dignidad humana, los derechos humanos y la convivencia conciliada. La redacción final del artículo 3, tal y como ha sido transcrita e incorporada al texto refundido, incluye los nuevos fines dentro del elenco de actividades previstas para el cumplimiento del objeto fundacional, manteniéndose sin alteración los fines previamente existentes relacionados con la inserción laboral de jóvenes a través de la orientación y la formación digital. Tras la modificación acordada, los fines que constituyen el objeto de la fundación se describen en el artículo 3, cuya redacción es como sigue: Artículo 3 Fines fundacionales. La Fundación Orienta Zaitez Fundazioa tiene por finalidad la inserción laboral de jóvenes a través de la orientación. La Fundación pretende abordar de manera global la gran oportunidad que supone la revolución digital dentro de la Unión Europea: no hay una formación formal adaptada a los nuevos requerimientos digitales y las empresas no encuentran personas formadas en las nuevas oportunidades y necesidades del mercado digital mundial. Para el cumplimiento de esta finalidad, la Fu