BOPV nº 96 · 2025-05-23 · Instituto Vasco Etxepare Euskal Institutua / Basque Institute

RESOLUCIÓN de 22 de mayo de 2025, de la Directora del Instituto Vasco Etxepare, por la que se da publicidad al procedimiento para la concesión de subvenciones para el desarrollo, durante el 2025, de actividades sin ánimo de lucro para la promoción y difusión de la cultura vasca fuera del ámbito territorial del euskera, aprobado por el Consejo de Dirección.

La Ley 3/2007, de 20 de abril, de Creación y Regulación del Instituto Vasco Etxepare Euskal Institutua / Basque Institute Etxepare (en adelante IVE) dispone en el apartado 3.b) que dicho Instituto tiene como fin: «Contribuir a dar a conocer y difundir en el exterior la cultura vasca en cualquiera de sus lenguas oficiales, manifestaciones, soportes, medios y formas de expresión, promoviendo en especial la cultura creada en euskera». En este contexto, y teniendo en cuenta las áreas de responsabilidad del Instituto Vasco Etxepare, se realizan convocatorias públicas de subvenciones específicas para el desarrollo de actividades culturales prioritarias en cada sector cultural. Sin embargo, algunas actividades que se quieren llevar a cabo según las solicitudes recibidas, aunque pueden ser del ámbito de competencia del Instituto Vasco Etxepare, suelen quedar excluidas de estas convocatorias de subvenciones, como diversas actividades de expresión de la cultura tradicional, así como otras expresiones culturales extraordinarias. Por todo lo expuesto, de conformidad con las competencias de actuación del IVE, se ha considerado necesario establecer el procedimiento para la adjudicación de subvenciones para la internacionalización de expresiones culturales extraordinarias que quedan excluidas de las demás convocatorias específicas del Instituto. Dichas subvenciones, así como los criterios básicos para su otorgamiento, fueron aprobados por el Consejo de Dirección el 19 de marzo de 2025 y están incluidas en el Plan Estratégico de Subvenciones 2025-2028 y en el Plan Anual de Subvenciones 2025 del Departamento de Cultura y Política Lingüística aprobados mediante Orden de 27 de febrero de 2025, de la Vicepresidenta Primera del Gobierno y Consejera de Cultura y Política Lingüística, (publicada en la web del citado Departamento: PES 2025-2028: Plan Estratégico de Subvenciones. // PAS 2025, 2026, 2027, 2028: Planes Anuales de Subvenciones. Gobierno Vasco - Euskadi.eus) y están enmarcadas dentro del objetivo estratégico de promoción del euskera y la cultura vasca fuera de la CAE. En virtud de lo cual RESUELVO : CAPITULO I NORMAS GENERALES Artículo 1 Objeto. Es objeto de la presente convocatoria regular el régimen de concesión de subvenciones para la realización, durante el ejercicio 2025, de proyectos y actividades sin ánimo de lucro para la promoción y difusión de la Cultura Vasca fuera del ámbito geográfico del euskera. Artículo 2 Modalidades de la convocatoria: Capítulo II: Danzas Vascas y Coros Capítulo III: Otras Actividades Culturales Artículo 3 Recursos económicos. El importe global máximo de esta convocatoria ascenderá a cincuenta mil (50.000) euros, repartidos de la siguiente manera: a) Actividades de Grupos de Danza Vasca y Coros: treinta mil (30.000) euros. b) Otras actividades culturales: veinte mil (20.000) euros. Sea cual fuere la dotación adjudicada en cada modalidad de la presente Resolución, si no se agota la cantidad establecida, el importe de la subve

Publicación oficial en euskadi.eus

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