BOPV nº 98 · 2025-05-27 · Lanbide-Servicio Público Vasco de Empleo

RESOLUCIÓN de 19 de mayo de 2025, del Director General de Lanbide-Servicio Vasco de Empleo, por la que se el que se asignan recursos económicos destinados a la financiación en el año 2025 de las ayudas previstas en la Orden conjunta de 3 de octubre de 2012, de las consejeras de Educación, Universidades e Investigación, y de Empleo y Asuntos Sociales, por la que se establecen las bases reguladoras del programa Hezibi de formación y trabajo en alternancia para jóvenes.

El Consejo de Administración de Lanbide-Servicio Vasco de Empleo, mediante Acuerdo adoptado en su sesión de 19 de mayo de 2025, ha procedido a asignar los recursos económicos destinados a la financiación, en el año 2025, de las subvenciones previstas en la Orden conjunta de 3 de octubre de 2012, de las consejeras de Educación, Universidades e Investigación, y de Empleo y Asuntos Sociales, por la que se establecen las bases reguladoras del programa Hezibi de formación y trabajo en alternancia para jóvenes, y de conformidad con lo dispuesto en el apartado n) del artículo 10.2 de los Estatutos de Lanbide, aprobados por el Decreto 82/2012, de 22 de mayo, según redacción dada por el Decreto 98/2022, de 30 de agosto, de segunda modificación de los Estatutos de Lanbide-Servicio Vasco de Empleo, corresponde al Director General de este organismo autónomo proceder a su publicación. Por lo expuesto, RESUELVO : Primero Proceder a la publicación del Acuerdo adoptado por el Consejo de Administración de Lanbide-Servicio Vasco de Empleo, en su sesión de 19 de mayo de 2025 por el que se asignan recursos económicos destinados a la financiación, en el año 2025, de las ayudas previstas en la Orden conjunta de 3 de octubre de 2012, de las consejeras de Educación, Universidades e Investigación, y de Empleo y Asuntos Sociales, por la que se establecen las bases reguladoras del programa Hezibi de formación y trabajo en alternancia para jóvenes, recogido como anexo a esta Resolución. Segundo Informar que el Acuerdo del Consejo de Administración de Lanbide-Servicio Vasco de Empleo del que se da publicidad surtirá efectos desde el día siguiente a la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial del País Vasco. Tercero Hacer saber que contra el Acuerdo del Consejo de Administración de Lanbide-Servicio Vasco de Empleo por el que se aprueba la convocatoria podrá interponerse recurso de reposición ante el mismo órgano en el plazo de un mes a partir del día siguiente a la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial del País Vasco, o bien, directamente recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Vitoria-Gasteiz, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a dicha publicación. En Vitoria-Gasteiz, a 19 de mayo de 2025. El Director General de Lanbide-Servicio Vasco de Empleo, FRANCISCO PEDRAZA MORENO. ANEXO ACUERDO DEL CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN DE LANBIDE-SERVICIO VASCO DE EMPLEO, POR EL QUE SE ASIGNAN RECURSOS ECONÓMICOS PARA LA FINANCIACIÓN EN EL AÑO 2025 DE LAS AYUDAS PREVISTAS EN LA ORDEN CONJUNTA DE 3 DE OCTUBRE DE 2012, DE LAS CONSEJERAS DE EDUCACIÓN, UNIVERSIDADES E INVESTIGACIÓN, Y DE EMPLEO Y ASUNTOS SOCIALES, POR LA QUE SE ESTABLECEN LAS BASES REGULADORAS DEL PROGRAMA HEZIBI DE FORMACIÓN Y TRABAJO EN ALTERNANCIA PARA JÓVENES El objeto de la Orden conjunta de 3 de octubre de 2012, de las consejeras de Educación, Universidades e Investigación, y de Empleo y Asuntos Sociales, por la que se establecen las

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