BOPV nº 98 · 2025-05-27 · Gobernanza, Administración Digital y Autogobierno

RESOLUCIÓN 50/2025, de 13 de mayo, del Director de la Secretaría del Gobierno y de Relaciones con el Parlamento, por la que se dispone la publicación del Acuerdo de concesión de subvenciones directas a centros privados concertados de enseñanza no universitaria, para la participación en la medida de refuerzo extraescolar en competencia lectora y matemática para el alumnado de primaria.

Habiéndose aprobado por el Consejo de Gobierno, en su sesión celebrada el día 15 de abril de 2025, el Acuerdo de concesión de subvenciones directas a centros privados concertados de enseñanza no universitaria, para la participación en la medida de refuerzo extraescolar en competencia lectora y matemática para el alumnado de primaria, y a los efectos de darle la publicidad debida, RESUELVO : Artículo único Publicar en el Boletín Oficial del País Vasco el texto del Acuerdo de concesión de subvenciones directas a centros privados concertados de enseñanza no universitaria, para la participación en la medida de refuerzo extraescolar en competencia lectora y matemática para el alumnado de primaria, que figura como anexo a la presente. En Vitoria-Gasteiz, a 13 de mayo de 2025. El Director de la Secretaría del Gobierno y de Relaciones con el Parlamento, JON IÑAKI URBINA GARCÍA DE VICUÑA. ANEXO A LA RESOLUCIÓN 50/2025, DE 13 DE MAYO, DEL DIRECTOR DE LA SECRETARÍA DEL GOBIERNO Y DE RELACIONES CON EL PARLAMENTO ACUERDO POR EL QUE SE CONCEDEN SUBVENCIONES DIRECTAS A CENTROS PRIVADOS CONCERTADOS DE ENSEÑANZA NO UNIVERSITARIA, PARA LA PARTICIPACIÓN EN LA MEDIDA DE REFUERZO EXTRAESCOLAR EN COMPETENCIA LECTORA Y EN COMPETENCIA MATEMÁTICA PARA EL ALUMNADO DE PRIMARIA El sistema educativo vasco tiene como objetivo garantizar una enseñanza de calidad que proporcione al alumnado las herramientas necesarias para afrontar los retos del siglo XXI. En este marco, las competencias lectora y matemática son fundamentales para el desarrollo académico y personal, actuando como pilares del aprendizaje. Durante la etapa de Educación Primaria, el fortalecimiento de estas competencias resulta esencial para prevenir posibles desigualdades educativas y asegurar el éxito escolar. La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, establece en el artículo 20 que Las Administraciones educativas desarrollarán orientaciones para que los centros docentes puedan elaborar planes de refuerzo o de enriquecimiento curricular que permitan mejorar el nivel competencial del alumnado que lo requiera. En virtud del artículo 12.1 del Decreto 18/2024, de 23 de junio, del Lehendakari, de creación, supresión y modificación de los Departamentos de la Administración General de la Comunidad Autónoma del País Vasco y de determinación de funciones y áreas de actuación de los mismos, corresponden al Departamento de Educación, entre otras, las facultades derivadas del estatuto de Autonomía en relación a las enseñanzas tanto de régimen general como especial con inclusión de sus diversas etapas y niveles, y conforme al Decreto 381/2024, de 19 de noviembre, por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Educación, el estudio, la propuesta y la gestión de todo tipo de expedientes en materia de concertación y acuerdos de financiación de centros docentes privados de enseñanza no universitaria, sin perjuicio de su adecuación a la planificación del sistema. El Departamento de Educac

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