BOPV nº 100 · 2025-05-29 · Industria, Transición Energética y Sostenibilidad

RESOLUCIÓN de 31 de enero de 2025, del Viceconsejero de Medio Ambiente, por la que se formula declaración de impacto ambiental y se concede autorización ambiental integrada a la instalación de tratamiento de purines para su transformación en biometano y biofertilizante, promovida por Verdalia Bio Karrantza, S.L.U. en B.º Torcachas, Pol. 13, Parc. 44, 45, 46 y 47, 48891 Karrantza Harana / Valle de Carranza (Bizkaia).

ANTECEDENTES DE HECHO Con fecha 9 de marzo de 2023 Verdalia Bio Karrantza, S.L.U. completó la documentación para la solicitud, ante este Órgano Ambiental, de la autorización ambiental integrada y la preceptiva declaración de impacto ambiental para el proyecto de instalación de tratamiento de purines para su transformación en biometano y biofertilizante en B.º Torcachas, POL. 13, PARC. 44, 45, 46 y 47, 48891 Karrantza Harana / Valle de Carranza (Bizkaia) de conformidad con lo dispuesto en la Ley 10/2021, de 9 de diciembre, de Administración Ambiental de Euskadi, la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental y con lo dispuesto en el texto refundido de la Ley de prevención y control integrados de la contaminación, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2016, de 16 de diciembre. La documentación completa es la siguiente: Datos administrativos. Planos. Proyecto Técnico y Estudio de Impacto Ambiental. Resumen no técnico. Informe de compatibilidad urbanística de la actividad emitido por el ayuntamiento de Karrantza Harana / Valle de Carranza el 31 de enero del 2023. Solicitud fin de condición de residuo. Una vez constatada la suficiencia de la documentación aportada, de acuerdo con el artículo 15.5 del Real Decreto 815/2013, de 18 de octubre y el artículo 36 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental, mediante Anuncio de 5 de abril de 2024 del Director de Calidad Ambiental y Economía Circular, se acordó someter a información pública, por un periodo de 30 días hábiles, el proyecto promovido por Verdalia Bio Karrantza, S.L.U., en orden a la presentación de cuantas alegaciones se estimasen oportunas, procediéndose a su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco y en el Tablón Electrónico de Anuncios del Gobierno Vasco con fecha 15 de abril de 2024. Una vez culminado el trámite de información pública, se constata que no se han presentado alegaciones. En aplicación de lo dispuesto en los artículos 37, 38 y 39 del texto refundido de la Ley 10/2021, de 9 de diciembre, de Administración Ambiental de Euskadi, la entonces Dirección de Calidad Ambiental y Economía Circular del Gobierno Vasco solicitó con fecha de 18 de abril de 2024 informes al Ayuntamiento de Karrantza Harana / Valle de Carranza, a la Dirección de Agricultura de la Diputación Foral de Bizkaia, al Instituto Vasco de Investigación y Desarrollo Agrario (Neiker), a URA-Agencia Vasca del Agua, a Eguzkizaleak, a Ekologistak Martxan, a la Dirección de Atención de Emergencias y Meteorología del Gobierno Vasco, a la Dirección de Salud Pública y Adicciones de Bizkaia del Gobierno Vasco, a la Dirección de Calidad e Industrias Agroalimentarias del Gobierno Vasco, a la Dirección de Patrimonio Cultural del Gobierno Vasco y al Servicio de Residuos no peligrosos de la Dirección de Calidad Ambiental y Economía Circular del Gobierno Vasco. Con fecha 26 de abril del 2024 se recibió informe de la Dirección de Patrimonio Cultural; el 30 de abril del 2024 se recibió informe del I

Publicación oficial en euskadi.eus

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