BOPV nº 103 · 2025-06-03 · Movilidad Sostenible

ORDEN de 2 de mayo de 2025, del consejero de Hacienda y Finanzas y de la consejera de Movilidad Sostenible, por la que se establece la composición de la Mesa de Contratación del Departamento de Movilidad Sostenible.

El artículo 8.3 del Decreto 116/2016, de 27 de julio, sobre el régimen de la contratación del sector público de la Comunidad Autónoma de Euskadi, establece que «la designación de los miembros de la Mesa de Contratación podrá hacerse con carácter permanente o de manera específica para la adjudicación de cada contrato. Si la designación de los miembros de la Mesa de Contratación se hiciera con carácter permanente, o si se le atribuyeran funciones para una pluralidad de contratos, su composición se establecerá por Orden conjunta del o de la titular del departamento competente en materia de contratación y del o de la titular del departamento correspondiente o al que se encuentre adscrita la entidad, y se publicará en el en el Boletín Oficial del País Vasco...». Así mismo, establece en su apartado 2 que, «sin perjuicio de las especialidades previstas en los artículos 19 y 25 de dicho Decreto, las mesas de contratación estarán compuestas por un presidente, un secretario y, al menos, tres vocales. Entre los vocales deberán figurar necesariamente dos empleados que entre sus funciones tengan encomendado, respectivamente, el asesoramiento jurídico y el asesoramiento técnico del órgano de contratación y un interventor o persona que tenga atribuida la función de control económico-presupuestario del órgano de contratación. Los miembros de la Mesa de Contratación serán nombrados por el órgano de contratación. El representante de la Oficina de Control Económico será designado por su titular. Cuando la designación de secretario recaiga en persona que reúna los requisitos para realizar las funciones de asesoramiento jurídico del órgano de contratación, este podrá acordar la acumulación de ambas funciones en la misma persona. A petición del órgano de contratación formará parte de la Mesa de Contratación, además de los anteriores, un representante de la dirección de Patrimonio y Contratación nombrado igualmente por el órgano de contratación a propuesta del director o directora de Patrimonio y Contratación, a cuyos efectos dispondrá de un plazo de tres días hábiles a partir de la solicitud cursada por el órgano de contratación. Cuando se contraten bienes, infraestructuras tecnológicas y servicios TIC, deberá formar parte de la Mesa de Contratación, una persona de la Dirección competente en materia TIC nombrada por el órgano de contratación competente, a propuesta del titular de la citada Dirección. Todos los miembros de la Mesa de Contratación tendrán voz y voto, salvo el secretario que tendrá voz pero no voto cuando ejerza exclusivamente las funciones de secretaría». Mediante Orden de 22 de septiembre de 2022, del consejero de Economía y Hacienda y del consejero de Planificación Territorial, Vivienda y Transportes, se estableció la composición de la Mesa de Contratación del Departamento de Planificación Territorial, Vivienda y Transportes. En virtud de lo previsto en la Disposición Adicional novena del Decreto 18/2024, de 23 de junio, del Lehendakari, de creación,

Publicación oficial en euskadi.eus

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