BOPV nº 112 · 2025-06-16 · Lehendakaritza

RESOLUCIÓN de 30 de mayo de 2025, de la directora de Emakunde-Instituto Vasco de la Mujer, por la que se declara la pérdida de vigencia del reconocimiento como Entidad Colaboradora para la Igualdad de Mujeres y Hombres otorgado a la entidad Construcciones Otegi Gaztañaga, S.L.

Iniciado el procedimiento de revocación del reconocimiento como Entidad Colaboradora para la Igualdad de Mujeres y Hombres a la entidad Construcciones Otegui Gaztañaga, S.L. mediante Resolución de 12 de marzo de 2025, de la Directora de Emakunde-Instituto Vasco de la Mujer, cabe continuar con el procedimiento establecido en el artículo 15 del Decreto 11/2014, de 11 de febrero, por el que se regula el reconocimiento «Entidad Colaboradora para la Igualdad de Mujeres y Hombres». ANTECEDENTES DE HECHO Primero Mediante Decreto 11/2014, de 11 de febrero, se reguló el reconocimiento de Entidad Colaboradora para la Igualdad de Mujeres y Hombres, con la finalidad de promocionar las condiciones que faciliten la igualdad de mujeres y hombres y la remoción de obstáculos que impidan dicha igualdad, e incentivando las iniciativas que puedan surgir en el ámbito socio-laboral a favor de la igualdad de oportunidades e igualdad de trato de mujeres y hombres, así como de reconocer la labor realizada por las distintas entidades en dicho ámbito. Segundo Construcciones Otegui Gaztañaga, S.L., presentó diversa documentación a fin de obtener el reconocimiento como Entidad Colaboradora para la igualdad de Mujeres y Hombres. Mediante Resolución de 16 de julio de 2015, (BOPV n.º 160, de 25 de agosto) de la directora de Emakunde-Instituto Vasco de la Mujer, una vez revisada toda la documentación, se procedió a reconocer. Tercero La entidad Construcciones Otegui Gaztañaga, S.L, no remitió en plazo los informes de seguimiento de las acciones puestas en marcha en los últimos años y de sus efectos en los indicadores del Diagnóstico de Situación, ni los posteriores Planes de Actuación, tal y como exige el artículo 14 del Decreto 11/2014, de 11 de febrero, que regula el reconocimiento de Entidad Colaboradora para la Igualdad de Mujeres y Hombres. Construcciones Otegui Gaztañaga, S.L. remitió la documentación fuera de plazo, cuando el pasado 4 de julio de 2024 le fue remitido un requerimiento formal desde Emakunde. Cuarto Como consecuencia del incumplimiento mencionado en el ordinal anterior, mediante la Resolución de 12 de marzo de 2025, de la Directora de Emakunde-Instituto Vasco de la Mujer, se inició el procedimiento de revocación del reconocimiento como entidad colaboradora en igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres otorgado a la entidad Construcciones Otegi Gaztañaga, S.L. Quinto El 3 de abril de 2025, Construcciones Otegui Gaztañaga, S.L. presentó un escrito de alegaciones en el que manifiesta que Emakunde ha incurrido en una serie de incumplimientos: Vulneración del principio de confianza legítima. Vulneración del principio de buena administración. Vulneración de la doctrina de actos propios. Como anexo al escrito de alegaciones, Construcciones Otegui Gaztañaga, S.L. aporta una serie de documentación al objeto de sostener las afirmaciones realizadas. Sexto A la vista de la Resolución por la que se inició el procedimiento de revocación del reconocimiento, de las a

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