BOPV nº 112 · 2025-06-16 · Lanbide-Servicio Público Vasco de Empleo

RESOLUCIÓN de 4 de junio de 2025, del director general de Lanbide-Servicio Público Vasco de Empleo, por la que se procede a la publicación del Acuerdo del Consejo de Administración de Lanbide-Servicio Público Vasco de Empleo, por el que se asignan recursos económicos para la financiación, en el año 2025, de las ayudas previstas en el Capítulo IV del Decreto 164/2019, de 22 de octubre, sobre ayudas para la conciliación de la vida familiar y laboral.

El Consejo de Administración de Lanbide-Servicio Público Vasco de Empleo, mediante Acuerdo adoptado en su sesión de 3 de junio de 2025, ha procedido a asignar los recursos económicos destinados a la financiación, en el año 2025, de la ayudas previstas en el Capítulo IV del Decreto 164/2019, de 22 de octubre, sobre ayudas para la conciliación de la vida familiar y laboral, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 14.2 n) del Decreto 93/2025, de 29 de abril, por el que se aprueban los estatutos de Lanbide-Servicio Público de Empleo, corresponde a la Dirección General de este ente público cualesquiera otras funciones de dirección ordinaria, administración y gestión que no estén atribuidas a otro órgano de Lanbide-Servicio Público de Empleo. Por lo expuesto, RESUELVO : Primero Proceder a la publicación del Acuerdo adoptado por el Consejo de Administración de Lanbide-Servicio Público Vasco de Empleo, en su sesión de 3 de junio de 2025 por el que se asignan recursos económicos destinados a la financiación, en el año 2025, de las ayudas previstas en el Capítulo IV del Decreto 164/2019, de 22 de octubre, sobre ayudas para la conciliación de la vida familiar y laboral, recogido como Anexo a esta Resolución. Segundo Informar que el Acuerdo del Consejo de Administración de Lanbide-Servicio Público Vasco de Empleo del que se da publicidad surtirá efectos desde el día siguiente a la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial del País Vasco. Tercero Hacer saber que contra el Acuerdo del Consejo de Administración de Lanbide-Servicio Público Vasco de Empleo por el que se aprueba la convocatoria podrá interponerse recurso de reposición ante el mismo órgano en el plazo de un mes a partir del día siguiente a la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial del País Vasco, o bien, directamente recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Vitoria-Gasteiz, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a dicha publicación. En Vitoria-Gasteiz, a 4 de junio de 2025. El director general de Lanbide-Servicio Público Vasco de Empleo, FRANCISCO PEDRAZA MORENO. ANEXO ACUERDO DEL CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN DE LANBIDE-SERVICIO PÚBLICO VASCO DE EMPLEO, POR EL QUE SE ASIGNAN RECURSOS ECONÓMICOS PARA LA FINANCIACIÓN, EN EL AÑO 2025, DE LAS AYUDAS PREVISTAS EN EL CAPÍTULO IV DEL DECRETO 164/2019, DE 22 DE OCTUBRE, SOBRE AYUDAS PARA LA CONCILIACIÓN DE LA VIDA FAMILIAR Y LABORAL El Decreto 164/2019, de 22 de octubre, sobre ayudas para la conciliación de la vida familiar y laboral regula, en el Capítulo IV, las ayudas destinadas a apoyar la contratación de personas inscritas como desempleadas, para sustituir a personas trabajadoras por cuenta ajena o personas socias trabajadoras o socias de trabajo de sociedades cooperativas, que se hayan acogido a una excedencia o reducción de jornada para el cuidado de hijos o hijas o familiares en situación de dependencia o extrema gravedad sanitaria. Este Decreto ha sido m

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