BOPV nº 118 · 2025-06-24 · Hacienda y Finanzas
DECRETO 127/2025, de 17 de junio, por el que se aprueba el Acuerdo de la Comisión Mixta de Transferencias Estado-Comunidad Autónoma del País Vasco de ampliación de funciones de la Administración del Estado traspasadas a la Comunidad Autónoma del País Vasco por el Real Decreto 895/2011, de 24 de junio, en materia de función pública inspectora de la inspección de trabajo y seguridad social.
En virtud de lo establecido en el artículo 2.º del Acuerdo de la Comisión Mixta de Transferencias, aprobado por el Real Decreto 2339/1980, de 26 de septiembre, y a los efectos del cumplimiento de los trámites de formalización en el mismo requeridos, el presente Decreto tiene por objeto aprobar el Acuerdo del Pleno de la Comisión Mixta de Transferencias Estado-Comunidad Autónoma del País Vasco de 30 de mayo de 2025 de ampliación de las funciones de la Administración del Estado traspasadas a la Comunidad Autónoma del País Vasco por el Real Decreto 895/2011, de 24 de junio, en materia de función pública inspectora de la inspección de trabajo y seguridad social. Por todo lo cual, a propuesta de la consejera de Gobernanza, Administración Digital y Autogobierno, del vicepresidente segundo y consejero de Economía, Trabajo y Empleo y del consejero de Hacienda y Finanzas, previa deliberación y aprobación del Consejo de Gobierno en su reunión celebrada el día 17 de junio de 2025. DISPONGO : Artículo 1 Aprobar el Acuerdo de la Comisión Mixta de Transferencias Estado-Comunidad Autónoma de 30 de mayo de 2025 de ampliación de las funciones de la Administración del Estado traspasadas a la Comunidad Autónoma del País Vasco por el Real Decreto 895/2011, de 24 de junio, en materia de función pública inspectora de la inspección de trabajo y seguridad social, en los términos establecidos por el Real Decreto 512/2025, de 17 de junio, ordenando la publicación íntegra del citado Real Decreto en el Boletín Oficial del País Vasco como anexo al presente Decreto. Artículo 2 Las funciones y servicios transferidos quedan adscritos al Departamento Economía, Trabajo y Empleo. DISPOSICIÓN FINAL ÚNICA El presente Decreto entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco. Dado en Vitoria-Gasteiz, a 17 de junio de 2025. El lehendakari, IMANOL PRADALES GIL. El vicepresidente segundo del Gobierno y consejero de Economía, Trabajo y Empleo, MIGUEL TORRES LORENZO. El consejero de Hacienda y Finanzas, NOËL D'ANJOU OLAIZOLA. La consejera de Gobernanza, Administración Digital y Autogobierno, MARÍA UBARRECHENA CID. ANEXO AL DECRETO 127/2025, DE 17 DE JUNIO Real Decreto de ampliación de las funciones de la Administración del Estado traspasadas a la Comunidad Autónoma del País Vasco por el Real Decreto 895/2011, de 24 de junio, en materia de Función Pública Inspectora de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social. La Constitución, en el artículo 149.1.7.ª, dispone que el Estado tiene la competencia exclusiva en materia de legislación laboral, sin perjuicio de su ejecución por los órganos de las Comunidades Autónomas. Por su parte, el artículo 12.2 del Estatuto de Autonomía para el País Vasco, aprobado por la Ley Orgánica 3/1979, de 18 de diciembre, establece que corresponde a la Comunidad Autónoma del País Vasco la ejecución de la legislación del Estado en materia de legislación laboral, asumiendo las facultades y competencias que en este terreno ostenta a