BOPV nº 120 · 2025-06-26 · Lanbide-Servicio Público Vasco de Empleo

RESOLUCIÓN de 13 de junio de 2025, del director general de Lanbide-Servicio Público Vasco de Empleo, por la que se procede a la publicación de las bases reguladoras y la convocatoria de subvenciones 2025-2027 para la realización de acciones formativas dirigidas a la activación sociolaboral de personas jóvenes desempleadas con baja cualificación de la Comunidad Autónoma del País Vasco.

El Consejo de Administración de Lanbide-Servicio Público Vasco de Empleo, mediante Acuerdo adoptado en su sesión de 3 de junio de 2025, ha aprobado las bases reguladoras y la convocatoria de subvenciones 2025-2027 para la realización de acciones formativas dirigidas a la activación sociolaboral de personas jóvenes desempleadas con baja cualificación de la Comunidad Autónoma del País Vasco y, de conformidad con lo dispuesto en el apartado n) del artículo 14.2 de los Estatutos de Lanbide, aprobados por el Decreto 93/2025, de 29 de abril, por el que se aprueban los Estatutos de Lanbide-Servicio Público Vasco de Empleo. Por lo expuesto, RESUELVO : Primero Proceder a la publicación de las bases reguladoras y de la convocatoria de subvenciones 2025-2027 para la realización de acciones formativas dirigidas a la activación sociolaboral de personas jóvenes desempleadas con baja cualificación de la Comunidad Autónoma Del País Vasco, aprobada por Acuerdo del Consejo de Administración de Lanbide-Servicio Público Vasco de Empleo, adoptado en su sesión de 3 de junio de 2025, recogida como anexo a esta resolución. Segundo Informar que el Acuerdo del Consejo de Administración de Lanbide-Servicio Público Vasco de Empleo por el que se aprueban las bases reguladoras y la convocatoria de ayudas surtirá efectos desde el día siguiente a la publicación de esta resolución en el Boletín Oficial del País Vasco. Tercero Hacer saber que contra el Acuerdo del Consejo de Administración de Lanbide-Servicio Público Vasco de Empleo por el que se aprueban las bases reguladoras y la convocatoria podrá interponerse recurso de reposición ante el mismo órgano en el plazo de un mes a partir del día siguiente a la publicación de esta resolución en el Boletín Oficial del País Vasco, o bien, directamente recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Vitoria-Gasteiz, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a dicha publicación. En Vitoria-Gasteiz, a 13 de junio de 2025. El director general de Lanbide-Servicio Público Vasco de Empleo, FRANCISCO PEDRAZA MORENO. ANEXO BASES REGULADORAS Y CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES 2025-2027 PARA LA REALIZACIÓN DE ACCIONES FORMATIVAS DIRIGIDAS A LA ACTIVACIÓN SOCIOLABORAL DE PERSONAS JÓVENES DESEMPLEADAS CON BAJA CUALIFICACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DEL PAÍS VASCO El Decreto 82/2016, de 31 de mayo, por el que se ordena la formación profesional para el empleo en Euskadi, establece entre sus fines, favorecer la formación a lo largo de la vida de las personas trabajadoras desempleadas y ocupadas y proporcionar una cualificación ajustada a las necesidades actualizadas del mercado de trabajo y que responda a la vez a los requerimientos de productividad y competitividad de las empresas y a las aspiraciones de promoción profesional y desarrollo personal. Esta formación debe capacitar a las personas trabajadoras vascas para el desempeño cualificado de las diferentes profesiones y para el acceso al empleo, s

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