BOPV nº 122 · 2025-06-30 · Movilidad Sostenible
ORDEN de 24 de junio de 2025, de la consejera de Movilidad Sostenible, por la que se convoca y regula un programa de ayudas al sector del transporte público de mercancías y personas viajeras por abandono de la actividad.
Uno de los problemas que afectan al sector del transporte público por carretera es la elevada edad de las personas transportistas autónomas. Es por ello que este Departamento ha estimado conveniente fomentar el abandono de la profesión para aquellas o aquellos profesionales de edad avanzada que han ejercido gran parte de su vida profesional en el sector del transporte público por carretera dotándolas de los recursos necesarios para este fin. Para el ejercicio 2025, se pretende atender al sector del transporte público de mercancías por carretera en vehículos pesados y ligeros, así como al sector del transporte público de personas viajeras en autobús, por cuanto hay numerosos casos de elevada edad de transportistas en estos sectores que carecen de los recursos necesarios para abandonar la actividad, por lo que estas ayudas realizan una función exclusivamente social. Igualmente se incluyen a transportistas que les haya sido declarada una incapacidad permanente absoluta, total o una gran invalidez. Este programa de apoyos está contemplado en el Plan Estratégico de Subvenciones del Departamento de Movilidad Sostenible 2025-2028, aprobado por Orden de la consejera de Movilidad Sostenible de 17 de febrero de 2025, y que puede ser consultado en la sede electrónica https://www.euskadi.eus. Por lo tanto, es una actuación que se enmarca dentro de los objetivos de la Administración General de la Comunidad Autónoma del Euskadi en el sentido de actuar sobre el elemento fundamental del sector del transporte, cual es la persona transportista. Según los créditos autorizados por la Ley 8/2024, de 20 de diciembre, por la que se aprueban los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Euskadi para el ejercicio 2025, la presente convocatoria de ayudas cuenta con suficiente cobertura presupuestaria. Por todo ello, RESUELVO : Artículo único Convocatoria. Se procede a aprobar las bases para el año 2025 y convocar las ayudas destinadas a fomentar el abandono de la profesión de transportistas de edad avanzada, así como a quienes les haya sido declarada una incapacidad permanente absoluta, total o una gran invalidez, del sector del transporte público de mercancías y personas viajeras por carretera, con arreglo a las bases que se aprueban y figuran en el Anexo I. DISPOSICIÓN FINAL PRIMERA Las subvenciones a las que se refiere la presente Orden se sujetan a lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, a la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, a lo recogido en la Ley 20/2023, de 21 de diciembre, Reguladora del Régimen de Subvenciones, y a la regulación básica recogida en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y en el Real Decreto 887/2006, por el que se aprueba el Reglamento de esta última. DISPOSICIÓN FINAL SEGUNDA Contra la presente Orden, que agota la vía administrativa, podrán las entidades o personas interesadas interponer recurso pote