BOPV nº 135 · 2025-07-17 · Educación

DECRETO 137/2025, de 1 de julio, por el que se suprime el Centro Público de Educación Permanente de Adultos «Ntra. Sra. del Carmen» y se crea el Instituto de Formación Profesional «El Carmen» de titularidad del Departamento de Educación para la impartición de enseñanzas del ámbito de formación profesional.

El Estatuto de Autonomía del País Vasco, en su artículo 16, atribuye la competencia propia de la Comunidad Autónoma del País Vasco sobre la enseñanza en toda su extensión, niveles y grados, modalidades y especialidades, sin perjuicio del artículo 27 de la Constitución y Leyes Orgánicas que lo desarrollen, de las facultades que atribuye al Estado el artículo 149.1.30.a) de la misma y de la alta inspección necesaria para su cumplimiento y garantía. Desarrollando dicho precepto, el Real Decreto 3195/1980, de 30 de diciembre, por el que se completa el traspaso de servicios del Estado a la Comunidad Autónoma del País Vasco en materia de enseñanza, atribuye a la Comunidad Autónoma del País Vasco la competencia en materia de creación, transformación, ampliación, fusión, clasificación y supresión de centros docentes públicos de enseñanza no universitaria. La Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del Derecho a la Educación, en su artículo 17, dispone que la creación y supresión de centros públicos se efectuará por el Gobierno o por el Consejo de Gobierno de la Comunidad Autónoma correspondiente, en el ámbito de sus respectivas competencias. El Decreto 21/2009, de 3 de febrero, establece los criterios de ordenación y planificación de la red de centros docentes de enseñanza no universitaria en el ámbito de la Comunidad Autónoma del País Vasco. La Ley Orgánica 3/2020, de 29 de diciembre, por la que se modifica la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, en su apartado cincuenta y seis ter modificando el apartado 1 del artículo 111, indica que los centros que ofrecen únicamente enseñanzas de formación profesional se denominarán institutos de formación profesional. El Decreto 381/2024, de 19 de noviembre, por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Educación, en su artículo 18.1.h), señala entre las funciones y áreas de actuación atribuidas a la Viceconsejería de Formación Profesional la de proponer, en lo que corresponde a la formación profesional, la autorización, modificación y extinción de autorizaciones de unidades y centros docentes privados, así como proponer la creación, transformación y supresión de unidades y centros públicos. El artículo 19.1.f) del citado decreto, entre las funciones y áreas de actuación correspondientes a la Dirección de Planificación y Organización, recoge la iniciación y tramitación de los procedimientos de creación, transformación y supresión de unidades y centros docentes públicos y privados de formación profesional. Por ello, en su virtud, a propuesta de la consejera de Educación, informado el Consejo Vasco de Formación Profesional y previa deliberación y aprobación del Consejo de Gobierno, en su sesión celebrada el día 1 de julio de 2025, DISPONGO : Artículo 1 Suprimir el centro público de titularidad del Departamento de Educación que se describe a continuación: Códigos: 01002481 (estatal) y 010258 (CAPV). Denominación genérica: Centro Público de Educación Permanente de Adu

Publicación oficial en euskadi.eus

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