BOPV nº 137 · 2025-07-21 · Justicia y Derechos Humanos

ORDEN de 30 de junio de 2025, del consejero de Hacienda y Finanzas y de la consejera de Justicia y Derechos Humanos, por la que se establece la composición de la Mesa de Contratación del Departamento de Justicia y Derechos Humanos.

El Decreto 116/2016, de 27 de julio, sobre el régimen de la contratación del sector público de la Comunidad Autónoma de Euskadi, establece en su artículo 6 que en la Administración General serán órganos de contratación los titulares de los respectivos departamentos que la integran, y en los Organismos Autónomos y demás entidades diferentes de la Administración General los órganos que ostenten su máxima representación, salvo previsión específica al respecto en los correspondientes Decretos de estructura orgánica y funcional, o en las normas de creación o reguladoras del funcionamiento de esas entidades. Asimismo, el primer párrafo del artículo 8 del decreto antes citado señala que, salvo en el caso en que la competencia para contratar corresponda a una Junta de Contratación, los órganos de contratación estarán asistidos en los procedimientos de adjudicación abierto, restringido y negociado con publicidad por una Mesa de contratación, que será el órgano competente para la valoración de las ofertas, siendo potestativa la constitución de dicha Mesa para el órgano de contratación en los procedimientos negociados en que no sea necesario publicar anuncios de licitación. Por su parte, el párrafo 3 del artículo 8 del Decreto, determina que, si la designación de los miembros de la Mesa de contratación se hiciera con carácter permanente, su composición se establecerá por Orden conjunta del o de la titular del departamento competente en materia de Contratación y del o de la titular del departamento correspondiente o al que se encuentre adscrita la entidad, y se publicará en el en el Boletín Oficial del País Vasco. El Decreto 18/2024, de 23 de junio, del lehendakari, de creación, supresión y modificación de los Departamentos de la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco y de determinación de funciones y áreas de actuación de los mismos, ha venido a reorganizar la estructura departamental de la Administración antes citada, dentro de la cual se contempla el Departamento de Justicia y Derechos Humanos con las funciones y áreas de actuación determinadas en el artículo 20 del decreto mencionado y, según el cual, estará integrado, de acuerdo con lo dispuesto en su Disposición Adicional Decimosegunda, por los órganos y unidades del extinto Departamento de Igualdad, Justicia y Políticas Sociales, con la excepción de los órganos y unidades de la Viceconsejería de Políticas Sociales. Asimismo, la estructura del Departamento viene regulada en el Decreto 326/2024, de 5 de noviembre, por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Justicia y Derechos Humanos. Por lo anteriormente expresado, se ha de proceder al establecimiento de la composición de la mesa de contratación que asistirá a los órganos de contratación del Departamento de Justicia y Derechos Humanos en las materias de su competencia. En su virtud, previo informe de la Junta Asesora de la Contratación Pública de la Comunidad Autónoma de Euskadi, DISPONEMOS: Artículo

Publicación oficial en euskadi.eus

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