BOPV nº 146 · 2025-08-04 · Hacienda y Finanzas
DECRETO 144/2025, de 8 de julio de 2025, por el que se regula el programa de avales destinado a personas jóvenes y menores de 40 años para la adquisición de su primera vivienda.
La Ley 3/2015, de 18 de junio, de Vivienda, consagra el derecho al disfrute de una vivienda digna y adecuada en el territorio de la Comunidad Autónoma de Euskadi y requiere al Gobierno Vasco, a través de sus órganos competentes, que adopte las disposiciones y medidas conducentes a la satisfacción de ese derecho. La Ley 2/2022, de 10 de marzo, de Juventud dispone que la Administración de la Comunidad Autónoma de Euskadi, a fin de garantizar el derecho a la autonomía de las personas jóvenes, desarrollará una política activa de acceso de la juventud a una vivienda digna, mediante el desarrollo del derecho subjetivo a la vivienda y adoptando, en desarrollo de la Ley 3/2015, de 18 de junio, de vivienda, políticas y medidas para paliar las especiales dificultades, fundamentalmente de índole económica, que enfrentan las personas jóvenes, procurándoles condiciones de acceso mejores que las del mercado libre. El 30 de noviembre de 2022 se firmó el Pacto Social por la Vivienda de Euskadi 2022-2036, con el objetivo de afrontar los retos de Euskadi en esta materia de forma efectiva, para que los diferentes agentes que actúan con la ciudadanía en el ámbito de la vivienda trabajen de manera alineada, compartida y colaborativa, con una perspectiva a medio y largo plazo. El 21 de marzo de 2023 se aprobó la Estrategia Vasca 2030 para favorecer la emancipación juvenil, con el objetivo de reducir la edad media de emancipación a los 28 años y aumentar la tasa de emancipación hasta el 50 % para 2030 en Euskadi. Al Departamento de Bienestar, Juventud y Reto Demográfico le corresponde desarrollar políticas integrales de juventud, e impulsar la elaboración de la estrategia vasca en materia de juventud, en colaboración con el resto de las instituciones públicas vascas. Si bien la Ley 2/2022, de 10 de marzo, de Juventud, establece, en su artículo 3.3, que las políticas en materia de juventud estarán dirigidas a las personas jóvenes de 16 a 30 años, también prevé que, por razón de su naturaleza u objetivos, determinados programas y actuaciones contemplen otros límites de edad que, en ningún caso, puedan suponer menoscabo de los principios y garantías previstos en esta ley, como el acceso de personas mayores de 30 años a la vivienda. En este sentido, el programa regulado en este decreto está destinado no solo a las personas jóvenes sino a las personas que no siendo jóvenes tienen menos de 40 años y no han podido adquirir su primera vivienda. El Decreto 313/2024, de 29 de octubre, por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Hacienda y Finanzas, incluye entre las funciones de este departamento las de gestión recaudatoria, tesorería, endeudamiento y prestación de garantías. Así mismo, el Instituto Vasco de Finanzas (IVF) se halla adscrito al Departamento de Hacienda y Finanzas. En línea con lo anterior, la Ley 19/2023, de 21 de diciembre, Reguladora del Instituto Vasco de Finanzas establece que es un ente público de derecho privado, con perso