BOPV nº 165 · 2025-09-02 · Gobernanza, Administración Digital y Autogobierno

ORDEN de 24 de julio de 2025, de la consejera de Gobernanza, Administración Digital y Autogobierno, por la que se inscribe en el Registro de Fundaciones del País Vasco la constitución de la fundación denominada Fundación Virgen del Txarlazo – Txarlazo Monumentuko Fundazioa.

El 29 de enero de 2025 ha tenido entrada en el Registro General del Departamento de Gobernanza, Administración Digital y Autogobierno, solicitud de inscripción en el Registro de Fundaciones del País Vasco, de la constitución de la fundación denominada Fundación Virgen del Txarlazo Txarlazo Monumentuko Fundazioa. Al escrito de solicitud se adjuntó la documentación obrante en el expediente administrativo. El artículo 3 de los estatutos establece los fines fundacionales, con el siguiente tenor literal: A) El estudio e investigación del patrimonio y riqueza histórico-artística del Monumento a la Virgen de la Antigua. B) La preservación, conservación, mantenimiento, rehabilitación y restauración de aquellos bienes singulares integrantes del patrimonio histórico-artístico del Monumento a la Virgen de la Antigua, resultando dichas acciones esenciales para evitar su pérdida, destrucción o deterioro. C) La promoción del desarrollo de actividades sostenibles que conduzcan a la identificación del potencial que atesora el Monumento a la Virgen de la Antigua a fin de que, como patrimonio cultural, siga siendo un espacio vivo y lleno de significado para las generaciones presentes y futuras. D) La contribución a la concienciación y fomento del orgullo e identidad ciudadano, en relación con el valor histórico-artístico del Monumento a la Virgen de la Antigua, como espacio emblemático de promoción cultural en la zona. E) La articulación de un modelo de gestión patrimonial que se convierta en elemento de reconocimiento e identidad del municipio, y posibilite la transferencia de su aplicación a proyectos foráneos, generando un retorno social y económico de la inversión realizada en el Monumento, y creando sinergias con otras entidades dedicadas al mismo fin fundacional vinculado con la protección, defensa y difusión del patrimonio fundacional a fin de colaborar en el desarrollo de estrategias que redunden en beneficio de dicho fin. La dotación inicial de la fundación consiste en 34.700 euros. El ámbito de actuación de la fundación se extiende a la Comunidad Autónoma de Euskadi y, principalmente, al Territorio Histórico de Bizkaia. El artículo 8 de los estatutos establece que el patronato estará constituido por un número mínimo de 3 personas y un máximo de 15 personas. El patronato de la fundación se compone inicialmente de los siguientes cargos y personas miembros, cuya designación y aceptación constan en la escritura fundacional y en la diligencia notarial posterior: Presidente: D. Jon Iker Santocildes Pérez. Secretario: D. Jon Mirena Ramírez Salazar. Vocal: D. Emilio Pérez Asensio. Conforme a lo indicado en el artículo 11 de los estatutos, en el caso de patronos designados en representación de Administraciones Públicas, el cargo de patrono/a tendrá una duración que coincidirá con su mandato o con el mandato de la persona que lo designó en su sustitución como persona titular de la alcaldía y/o concejalía. En el caso de patronos no designados en representación de A

Publicación oficial en euskadi.eus

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