BOPV nº 172 · 2025-09-11 · HABE

RESOLUCIÓN de 3 de septiembre de 2025, del director de HABE, por la que se fija el procedimiento y las condiciones de concesión de subvenciones en el curso 2025-2026 a los alumnos y alumnas que cursen los niveles A1 y A2 y a alumnos y alumnas de 16 a 18 años, que tengan como objetivo el nivel C1C1, y se procede a su convocatoria.

La Ley 29/1983, de 25 de noviembre, creó el Instituto de Alfabetización y Reeuskaldunización de Adultos (HABE), dirigido a la euskaldunización de adultos, con el objetivo de conseguir el mayor número posible de vascoparlantes. Mediante el Decreto 179/2003, de 22 de julio, se reguló la actividad de los euskaltegis y otros centros homologados que imparten la enseñanza del euskera para personas adultas y la financiación que reciben de la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco. El artículo 17 del citado Decreto 179/2003 establece que HABE podrá establecer, con carácter supletorio, dentro de los límites de sus disponibilidades presupuestarias, otro tipo de subvenciones dirigidas al alumnado inmerso en procesos de euskaldunización en las modalidades y soportes a que se refiere dicho Decreto o mediante sistemas homologados, en el marco de sus resultados académicos. Por su parte, esta es la primera iniciativa del compromiso 43 del Programa de Gobierno de esta XIII Legislatura: «Iniciar el proceso para ofrecer a cualquier persona la posibilidad de aprender euskera de forma gratuita y progresiva, en todos los niveles, desde el A1 hasta el C2». En este sentido, la Orden de 27 de febrero de 2025, de la vicepresidenta primera del Gobierno y consejera de Cultura y Política Lingüística, por la que se aprueba el Plan Anual de Subvenciones 2025 y se modifica el Plan Estratégico de Subvenciones para el periodo 2025-2028, consultable en la página web departamental, prevé como objetivo estratégico en materia de Política Lingüística el impulso de la euskaldunización de personas adultas. Teniendo en cuenta las disposiciones anteriores, en virtud de las competencias atribuidas por el Decreto 34/1996, de 13 de febrero, por el que se aprueban las normas orgánicas de HABE (y el Decreto 166/2019, de 22 de octubre, por el que se modifica), y en base a lo dispuesto en la Ley 20/2023, de 21 de diciembre, Reguladora del Régimen Subvencional, RESUELVO : Primero Aprobar y convocar las bases para la concesión de subvenciones a los alumnos y alumnas que cursen los niveles A1 y A2 y a alumnos y alumnas de 16 a 18 años, que tengan como objetivo el nivel C1, en el curso 2025-2026. Segundo Contra la presente Resolución, que no agota la vía administrativa, podrán los interesados interponer recurso de alzada ante la vicepresidenta primera del Gobierno y consejera de Cultura y Política Lingüística. A tal efecto, dispondrán del plazo de un mes a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco. En San Sebastián, a 3 de septiembre de 2025. El director de HABE, JOKIN AZKUE ARRASTOA. BASES Base primera. Objeto y recursos económicos. Es objeto de la presente Resolución aprobar las condiciones y el procedimiento de adjudicación de las subvenciones a los alumnos y alumnas que cursen los niveles A1 y A2 y a alumnos y alumnas de 16 a 18 años, que tengan como objetivo el nivel C1C1 durante el curso 2025-2026. El objeto de esta subvención es ofrecer

Publicación oficial en euskadi.eus

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