BOPV nº 172 · 2025-09-11 · Educación

RESOLUCIÓN de 27 de agosto de 2025, de la viceconsejera de Administración y Servicios del Departamento de Educación, por la que se regula la fase de prácticas de las personas aspirantes seleccionadas en el concurso-oposición convocado mediante Orden de 27 de noviembre 2024, de la consejera de Educación, para el acceso al Cuerpo de Inspectores e Inspectoras de Educación de la Comunidad Autónoma del País Vasco.

Mediante Orden de 12 de agosto de 2025, de la consejera de Educación, se han nombrado funcionarios y funcionarias en prácticas del Cuerpo de Inspectores e Inspectoras de Educación de la Comunidad Autónoma del País Vasco, a las personas aspirantes seleccionadas en el concurso-oposición convocado por Orden de 27 de noviembre de 2024 de la misma consejera. Procede, de acuerdo con la citada convocatoria, regular la fase de prácticas y determinar la composición y competencias de la Comisión Calificadora. En consecuencia, RESUELVO : Primero Las prácticas realizadas por las personas nombradas como funcionarias y funcionarios en prácticas del Cuerpo de Inspectoras e Inspectores de Educación de la Comunidad Autónoma del País Vasco, serán calificadas por la Comisión cuya composición y procedimiento de actuación se establece a continuación: Se constituirá una única Comisión, sita en la Sede Central del Gobierno Vasco de Lakua, integrada por: Una inspectora o inspector de la Inspección Central, que será designada o designado por la Dirección de Gestión de Personal del Departamento de Educación y que actuará como presidente. Cuatro funcionarias o funcionarios de carrera del Cuerpo de Inspectores e Inspectoras de Educación de la Comunidad Autónoma del País Vasco, que actuarán como vocales designados por la Dirección de Gestión de Personal del Departamento de Educación. La composición de las Comisiones Calificadoras será publicada en la página web del Departamento de Educación: http://www.euskadi.eus/gobierno-vasco/departamento-educacion/ Los miembros de la Comisión Calificadora estarán afectados por las causas de abstención y recusación previstas en los artículos 23 y 24 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. La fase de prácticas se desarrollará bajo la tutoría de personal experimentado funcionario de carrera del Cuerpo de Inspectores e Inspectoras de Educación de la Comunidad Autónoma del País Vasco designados por la Comisión. La tutora o el tutor será designado por la Comisión Calificadora a propuesta de la inspectora jefa o inspector jefe de cada Territorio. En todo caso la Comisión Calificadora, a propuesta de la inspectora jefa o inspector jefe territorial correspondiente podrá asignar uno o varios inspectores en prácticas a cada inspectora tutora o inspector tutor, y, en último caso, a las inspectoras jefas o inspectores jefes de Zona. Si durante la fase de prácticas se produce alguna circunstancia que impida el desempeño de la tutoría asignada, la inspectora jefa o inspector jefe territorial correspondiente propondrá otra tutora o tutor de acuerdo a los criterios señalados y será nombrado/a por la Comisión Calificadora. Las funciones de la tutora o tutor consistirán en asesorar e informar a las funcionarias y funcionarios en prácticas en el desarrollo de las funciones encomendadas a la Inspección de Educación en el Decreto 98/2016, de 28 de junio, de la Inspección de Educación en la Comunidad Autónoma del País Vasco.

Publicación oficial en euskadi.eus

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