BOPV nº 186 · 2025-10-01 · Economía, Trabajo y Empleo

ORDEN de 10 de septiembre de 2025, del vicepresidente segundo del Gobierno y consejero de Economía, Trabajo y Empleo, por la que se convocan, para el ejercicio 2025, ayudas para la asistencia técnica en las empresas de economía social de Euskadi.

El Plan Estratégico de Subvenciones del Departamento de Economía, Trabajo y Empleo para el periodo 2025-2028, aprobado por Orden de 14 de febrero de 2025, del vicepresidente segundo del Gobierno y consejero de Economía, Trabajo y Empleo, y la Memoria del Presupuesto 2025 del Gobierno Vasco mantienen las líneas subvencionales del ejercicio anterior. El citado Plan Estratégico de Subvenciones se encuentra publicado en la página web del Gobierno Vasco, «www.euskadi.eus», dentro del espacio dedicado al departamento, y en la sección «Planes y proyectos». Por su relevancia empresarial se continúa facilitando la implantación de herramientas de gestión avanzada a través de la asistencia técnica en las Empresas de Economía Social de Euskadi. La administración y gobernanza de las empresas de Economía Social, en términos generales, no requiere de una especificidad diferente de la aplicada al resto de las empresas. Por tanto, un eficiente desempeño de la gestión redundará en la cuenta de resultados propia y en el beneficio de las personas socias, que en el caso de la economía social son también trabajadoras de esta. Mediante la presente Orden se fomenta el uso de las mejores utilidades existentes para la gobernanza económico-financiera. A su vez, el fomento de la sostenibilidad medioambiental y el impulso de la digitalización de las empresas son referencia preferente en las políticas públicas exigidas por la Unión Europea. Por ello, desde hace años la Dirección de Economía Social oferta ayudas para su implementación en las empresas vascas de economía social, con notable éxito analizados los resultados de ejercicios anteriores. En consecuencia, habiéndose aprobado la Ley 8/2024, de 20 de diciembre, por la que se aprueban los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Euskadi para el ejercicio 2025, comprobada la existencia de crédito presupuestario suficiente para financiar la convocatoria y oído el Consejo Superior de Cooperativas de Euskadi, de acuerdo a las competencias que me atribuye el Decreto 323/2024, de 5 de noviembre, por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Economía, Trabajo y Empleo, RESUELVO : Artículo único Aprobación de las bases y convocatoria de las ayudas. Aprobar las bases de las ayudas para la asistencia técnica en empresas de Economía Social de Euskadi para el ejercicio 2025 que se recogen en el anexo de la presente Orden, y efectuar su convocatoria. DISPOSICIÓN FINAL PRIMERA . Normativa aplicable. Las subvenciones a que se refiere esta Orden se sujetan a lo dispuesto en la Ley 20/2023, de 21 de diciembre, Reguladora del Régimen de Subvenciones, en los preceptos básicos de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (a su vez desarrollada por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley General de Subvenciones) y en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. DISPOSICIÓN FINAL

Publicación oficial en euskadi.eus

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