BOPV nº 188 · 2025-10-03 · Industria, Transición Energética y Sostenibilidad

RESOLUCIÓN de 9 de septiembre del 2025, del director de Administración Ambiental, por la que se formula la Declaración Ambiental Estratégica del Plan Especial de Ordenación Urbana del ámbito de la Naval, en el término municipal de Sestao (Bizkaia).

ANTECEDENTES DE HECHO Mediante Resolución de 4 de enero de 2023, la anterior Dirección de Calidad Ambiental y Economía Circular de Gobierno Vasco, en el marco del expediente EAED-184INET, formuló el documento de alcance del Estudio Ambiental Estratégico del Plan Especial de Ordenación Urbana del ámbito de La Naval en el término municipal de Sestao (Bizkaia), en virtud de lo dispuesto tanto en la Ley 10/2021, de 9 de diciembre, de Administración Ambiental de Euskadi, como en la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental. En orden a lo establecido en el artículo 21 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre y el artículo 12 del Decreto 211/2012, de 16 de octubre, por el que se regula el procedimiento de evaluación ambiental estratégica de planes y programas, el Ayuntamiento de Sestao sometió el Plan, junto con el estudio ambiental estratégico, a información pública, durante un periodo de 45 días hábiles, mediante anuncio en el Diario Deia de 12 de septiembre de 2023, en el Boletín Oficial de Bizkaia (BOB) n.º 177 de 14 de septiembre de 2023, así como en la página web del Ayuntamiento de Sestao. Asimismo, de acuerdo con la normativa vigente, realizó el trámite de consulta a las Administraciones Públicas afectadas y personas interesadas. El Ayuntamiento de Sestao hace constar que no se han presentado alegaciones en el periodo de información pública, y remite los informes recibidos en el trámite de consulta a las administraciones públicas afectadas y personas interesadas con el resultado y contenido que consta en el expediente administrativo. Con fecha 23 de mayo de 2025, el Ayuntamiento de Sestao completa la solicitud para la emisión de la Declaración Ambiental Estratégica de Plan Especial de Ordenación Urbana del ámbito La Naval, en Sestao (Bizkaia), en adelante, el Plan, ante la Dirección de Administración Ambiental. La solicitud se acompaña de la propuesta final del Plan, fechado en marzo de 2025, del Estudio Ambiental Estratégico, fechado en marzo de 2024, así como diversos documentos explicativos de los trámites de información pública y de audiencia a las Administraciones Públicas afectadas y a las personas interesadas. FUNDAMENTOS DE DERECHO De conformidad con lo dispuesto en el artículo 1 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental, constituye el objeto de esta establecer las bases que deben regir los planes que puedan tener efectos significativos sobre el medio ambiente, garantizando un elevado nivel de protección ambiental, con el fin de promover un desarrollo sostenible. Igualmente, de acuerdo con el artículo 60 de la Ley 10/2021, de 9 de diciembre, de Administración Ambiental del Euskadi, la evaluación ambiental garantizará un elevado nivel de protección ambiental y promoverá un desarrollo sostenible mediante la integración de los aspectos ambientales en la elaboración y en la adopción, aprobación o autorización de los planes, programas y proyectos, el análisis y selección de las alternativas que resulten ambiental

Publicación oficial en euskadi.eus

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