BOPV nº 192 · 2025-10-09 · Industria, Transición Energética y Sostenibilidad

CORRECCIÓN DE ERRORES de la Orden de 9 de septiembre de 2025, del consejero de Industria, Transición Energética y Sostenibilidad, por la que se establecen las bases y se convoca la concesión de subvenciones a las entidades locales que realicen acciones que promuevan desarrollo sostenible.

El artículo 18.2.b) del Decreto 217/2008, de 23 de diciembre, del Boletín Oficial del País Vasco, establece que los meros errores u omisiones en el texto remitido para su publicación que se infieran claramente del contexto y no constituyan modificación o alteración del sentido de los documentos, pero cuya rectificación se juzgue conveniente para evitar posibles confusiones, se corregirán por la Dirección de la Secretaría del Gobierno y de Relaciones con el Parlamento, a instancia del órgano que haya ordenado la publicación del texto. Advertidos errores de dicha índole en el texto de la Orden de 9 de septiembre de 2025, del consejero de Industria, Transición Energética y Sostenibilidad, por la que se establecen las bases y se convoca la concesión de subvenciones a las entidades locales que realicen acciones que promuevan desarrollo sostenible, publicado en el Boletín Oficial del País Vasco n.º 180, de 23 de septiembre de 2025, se procede a su corrección: En la página 2025/3974 (23/61), en la Base 14 Presentación de solicitudes, punto 2, donde dice: Las solicitudes se presentarán por medios electrónicos en la sede electrónica de la Administración general de la Comunidad Autónoma del País Vasco. a) En la línea de protección del suelo: https://www.euskadi.eus/servicios/0121209 b) En la línea de cambio climático: https://www.euskadi.eus/servicios/1009410 c) En la línea de patrimonio natural: https://www.euskadi.eus/servicios/1009511 d) En la línea de gestión y valorización de residuos: https://www.euskadi.eus/servicios/1046907 e) En la línea de gestión local del suelo: https://www.euskadi.eus/servicios/1215802 f) En la línea de educación para la sostenibilidad: https://www.euskadi.eus/servicios/1009611 g) En la línea de Asteklima 2025: https://www.euskadi.eus/servicios/1215902. Debe decir: Las solicitudes se presentarán por medios electrónicos en la sede electrónica de la Administración general de la Comunidad Autónoma del País Vasco. a) En la línea de recuperación del suelo: https://www.euskadi.eus/servicios/0121211 b) En la línea de cambio climático: https://www.euskadi.eus/servicios/1009411 c) En la línea de patrimonio natural: https://www.euskadi.eus/servicios/1009512 d) En la línea de gestión y valorización de residuos: https://www.euskadi.eus/servicios/1046908 e) En la línea de gestión local del suelo: https://www.euskadi.eus/servicios/1215803 f) En la línea de educación para la sostenibilidad: https://www.euskadi.eus/servicios/1009612 g) En la línea de Asteklima 2025: https://www.euskadi.eus/servicios/1215903. En la página 2025/3974 (26/61), en la Base 16 Documentación que aportar junto a la solicitud, donde dice: En las solicitudes de la línea de gestión local del suelo relativas a acciones de reducción de las emisiones de gases de efecto invernadero, se deberá adjuntar el documento a que hace referencia el apartado g) de esta base, y, en caso de los proyectos de absorción de carbono, los documentos señalados en el apartado h).. Debe decir: En

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