BOPV nº 203 · 2025-10-24 · Economía, Trabajo y Empleo
RESOLUCIÓN de 19 de septiembre de 2025, de la directora de Trabajo y Seguridad Social, por la que se dispone el registro, depósito y publicación del acuerdo de la Comisión paritaria del convenio colectivo del Transporte sanitario por carretera en ambulancia de enfermos/as y accidentados/as de la Comunidad Autónoma del País Vasco (código del convenio 865100365012019).
ANTECEDENTES Primero El día 18 de septiembre de 2025 se ha presentado en REGCON la documentación referida al acuerdo de la Comisión Paritaria del Convenio Colectivo citado suscrito. FUNDAMENTOS DE DERECHO Primero El artículo 2 del Decreto 18/2024, de 23 de junio, del lehendakari, de creación, supresión y modificación de los Departamentos de la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco y de determinación de funciones y áreas de actuación de los mismos crea el Departamento de Economía, Trabajo y Empleo y en su artículo 7 establece entre sus funciones la ejecución de la legislación laboral en materia de relaciones laborales. Segundo El acuerdo ha sido suscrito de conformidad con los requisitos de los artículos 85, 87, 88, 89 y 90 del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores. Tercero El acuerdo presentado es un acto inscribible de conformidad con lo previsto en el artículo 2.1.a) del Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo. Analizada la solicitud de inscripción y la documentación anexa, se ha comprobado que la misma reúne los requisitos legalmente exigidos, por lo que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 9 del Decreto 9/2011, de 25 de enero (modificado por el Decreto 20/2023, de 14 de febrero) del Registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo y de planes de igualdad del País Vasco, por la presente, RESUELVO : Primero Ordenar su inscripción y depósito en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo y de Planes de Igualdad del País Vasco, con notificación a las partes. Segundo Disponer su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco. En Vitoria-Gasteiz, a 19 de septiembre de 2025. La directora de Trabajo y Seguridad Social, MARÍA VICTORIA PORTUGAL LLORENTE. ACUERDO DE LA COMISIÓN PARITARIA DEL II CONVENIO COLECTIVO DE TRANSPORTE SANITARIO POR CARRETERA EN AMBULANCIA DE ENFERMOS/AS Y ACCIDENTADOS/AS DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DEL PAÍS VASCO, EN RELACIÓN A LA SUBSANACIÓN DE LOS ERRORES MATERIALES EXISTENTES EN LA TABLA DEL ARTículo 31 Y EN LAS TABLAS DEL ANEXO DEL CONVENIO COLECTIVO SECTORIAL Reunidas en Bilbao el 10 de septiembre de 2025, en la sede virtual del Consejo de Relaciones Laborales, la asociación empresarial EOGE y las organizaciones sindicales ELA, UGT y CCOO como firmantes del II Convenio Colectivo de Transporte sanitario por carretera en ambulancia de enfermos/as y accidentados/as de la Comunidad Autónoma del País Vasco, como integrantes de la Comisión Paritaria de dicho convenio, alcanzan unánimemente el siguiente acuerdo: Primero Subsanar la tabla incorporada al artículo 31 del II Convenio Colectivo de Transporte sanitario por carretera en ambulancia de enfermos/as y accidentados/as de la Comunidad Autónoma del País Vasco, corrigiendo los errores materiales existentes en la misma y sustituyendo dicho artículo a todos los efectos por el siguiente artículo. Artículo 31 Dietas. La persona trabajadora tendrá derecho al percibo de las respectivas dietas que se fijan en