BOPV nº 207 · 2025-10-29 · Osakidetza-Servicio vasco de salud

RESOLUCIÓN 1594/2025, de 14 de octubre, de la directora general de Osakidetza-Servicio vasco de salud, por la que se corrigen errores de la Resolución 984/2025, de 12 de junio, por la que se resuelven las solicitudes de reconocimiento del nivel de desarrollo profesional y se ordena la publicación de la asignación definitiva del nivel de desarrollo profesional de los/las profesionales, de las organizaciones de servicios de Osakidetza-Servicio vasco de salud, correspondiente a la convocatoria ordinaria de desarrollo profesional publicada por Resolución 1723/2024, de 10 de diciembre, de la directora general de Osakidetza-Servicio vasco de salud.

El artículo 11 de los Decretos 395/2005, de 22 de noviembre, 35/2007, de 27 de febrero, y 248/2007, de 26 de diciembre, por los que se regula el desarrollo profesional del personal licenciado sanitario, diplomado sanitario y personal no sanitario y sanitario de formación profesional que prestan servicios en Osakidetza, respectivamente, establece que le corresponde a la Dirección General de Osakidetza-Servicio vasco de salud resolver las reclamaciones interpuestas y la asignación definitiva de los niveles de desarrollo profesional de los/las profesionales, de las organizaciones de servicios de Osakidetza-Servicio vasco de salud. Mediante Resolución 1723/2024, de 10 de diciembre, de la directora general de Osakidetza-Servicio vasco de salud, se regulan los requisitos, solicitudes, procedimiento de evaluación y asignación del nivel de la convocatoria ordinaria de reconocimiento del nivel de desarrollo profesional correspondiente al ejercicio 2024 para profesionales pertenecientes a las organizaciones de servicios dependientes de Osakidetza. Mediante la Resolución 984/2025, de 12 de junio, de la directora general de Osakidetza-Servicio vasco de salud, se resuelven las solicitudes de reconocimiento del nivel de desarrollo profesional y se ordena la publicación de la asignación definitiva del nivel de desarrollo profesional de los/las profesionales, de las organizaciones de servicios de Osakidetza-Servicio vasco de salud, correspondiente a la convocatoria ordinaria de desarrollo profesional publicada por Resolución 1723/2024, de 10 de diciembre, de la directora general de Osakidetza-Servicio vasco de salud. El artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas establece que se podrán rectificar en cualquier momento, de oficio o a instancia de las personas interesadas los materiales, de hecho, o aritméticos existentes en los actos administrativos. Advertidos errores de dicha índole en el anexo de la Resolución 984/2025, de 12 de junio, de la directora general de Osakidetza-Servicio vasco de salud, se procede a su corrección. Por todo lo expuesto, RESUELVO : Primero Incluir en el anexo «Asignación definitiva de los Niveles reconocidos según Grupo Profesional» a las siguientes personas: GRUPO A1 LICENCIADO/A SANITARIO/A (Véase el .PDF) GRUPO B1 DIPLOMADO/A SANITARIO/A (Véase el .PDF) GRUPO C1 TÉCNICO/A ESPECIALISTA SANITARIO/A (Véase el .PDF) GRUPO D2 TÉCNICO/A AUXILIAR ADMINISTRATIVO/A (Véase el .PDF) GRUPO D3 TÉCNICO/A AUXILIAR PROFESIONAL (Véase el .PDF) GRUPO E1 SUBALTERNO/A-OPERARIO/A (Véase el .PDF) Segundo Excluir del anexo «Asignación definitiva de los Niveles reconocidos según Grupo Profesional» a las siguientes personas: GRUPO A1 LICENCIADO/A SANITARIO/A (Véase el .PDF) GRUPO C1 TÉCNICOS/AS ESPECIALISTAS SANITARIOS/AS (Véase el .PDF) GRUPO D1 TÉCNICOS/AS AUXILIARES SANITARIOS/AS (Véase el .PDF) Contra la presente Resolución, cabe interponer recurso de alzada ante el Consejo

Publicación oficial en euskadi.eus

Buscar en todo el BOPV