BOPV nº 214 · 2025-11-06 · Educación
DECRETO 202/2025, de 21 de octubre, de modificación del Decreto por el que se aprueba la Relación de Puestos de Trabajo de los centros públicos del Departamento de Educación en los que se imparte Educación Secundaria Obligatoria, Bachillerato, Formación Profesional, Enseñanzas de Idiomas, Enseñanzas Artísticas, Enseñanzas Musicales, Enseñanzas Deportivas, Educación a Distancia y Educación de Personas Adultas, reservados al personal docente de carácter laboral y a funcionarios y funcionarias pertenecientes a los cuerpos docentes correspondientes a esas enseñanzas.
La Ley 2/1993, de 19 de febrero, de Cuerpos docentes de enseñanza no universitaria de la CAPV regula en el Capítulo I de su Título II, dedicado a la estructura y organización de la función pública docente, la figura de la Relación de Puestos de Trabajo, señalando con respecto a ella los principios básicos, así como los cauces procedimentales que deben observarse en su elaboración. La Relación de Puestos de Trabajo ha de ser objeto de una permanente actualización al objeto de adaptarse a las nuevas situaciones generadas en los centros como consecuencia del cambio de curso escolar. El 10 de abril de 2025 se publicó el Decreto 69/2025, de 25 de marzo, por el que se aprueba la Relación de Puestos de Trabajo de los centros públicos del Departamento de Educación en los que se imparte educación secundaria obligatoria, bachillerato, formación profesional, enseñanzas de idiomas, enseñanzas artísticas, enseñanzas musicales, enseñanzas deportivas, educación a distancia y educación de personas adultas, reservados al personal docente de carácter laboral y a funcionarios y funcionarias pertenecientes a los cuerpos docentes correspondientes a esas enseñanzas correspondiente al curso académico 2024-2025. En el Decreto 69/2025, debía recoger la actualización del incremento del 30 % del complemento específico destinado a los cargos directivos en centros de educación secundaria obligatoria, bachillerato, formación profesional, enseñanzas de idiomas, enseñanzas artísticas, enseñanzas musicales, enseñanzas deportivas, educación a distancia y educación de personas adultas, que figuran en la Disposición Adicional Cuarta del Decreto, pero por error, se aplicó dicho incremento a los importes de todas las tablas, tanto a los cargos directivos, como a los no directivos. Así mismo, en algunas tablas de la Disposición Adicional Cuarta se han omitido por error los cargos directivos de Jefa o Jefe de estudios adjunto y Administrador adjunto o Administradora adjunta, y en la tabla de la disposición adicional primera, el Complemento específico general del Cuerpo de Profesores y Profesoras de Institutos Técnicos de Enseñanza Media también era incorrecto, por lo que es preciso su corrección. En su virtud, a propuesta de la consejera de Educación, oído el Consejo Escolar de Euskadi, y previa deliberación y aprobación del Consejo de Gobierno en sesión celebrada el día 21 de octubre de 2025, DISPONGO : Artículo primero Se modifica el Complemento específico general del Cuerpo de Profesores y Profesoras de Institutos Técnicos de Enseñanza Media de la tabla de la disposición adicional primera, que queda redactado como sigue: DISPOSICIÓN ADICIONAL PRIMERA Los puestos de trabajo incluidos en las relaciones anexas tienen asignado el complemento específico que a continuación se detalla, desglosado como se indica, en cuantías anuales íntegras que se distribuirán mensualmente según se regula en el artículo 19 de la Ley 21/2023, de 22 de diciembre, por la que se aprueban los Presupuestos Gener