BOPV nº 222 · 2025-11-18 · Alimentación, Desarrollo Rural, Agricultura y Pesca
ORDEN de 11 de noviembre de 2025, de la consejera de Alimentación, Desarrollo Rural, Agricultura y Pesca, por la que se convocan, para el año 2026, las ayudas a inversiones materiales e inmateriales en instalaciones de transformación y en infraestructuras vitivinícolas, así como en estructuras e instrumentos de comercialización (ISV inversión).
Con la entrada en vigor del nuevo periodo de programación de la Política Agrícola Comunitaria (PAC) que abarca los ejercicios 2023-2027, la Comisión Europea puso en marcha una nueva filosofía de actuación; si en el anterior periodo de programación el objetivo de la PAC se centraba en la legalidad, el control del gasto y la protección de los intereses financieros de la Unión, en el periodo actual la PAC se centra en la consecución de resultados concretos vinculados a tres objetivos generales: a) fomentar un sector agrícola inteligente, competitivo, resiliente y diversificado que garantice la seguridad alimentaria a largo plazo; b) apoyar y reforzar la protección del medio ambiente, incluida la biodiversidad y la acción por el clima contribuyendo a alcanzar los objetivos medioambientales y climáticos de la Unión, entre ellos los compromisos contraídos en virtud del Acuerdo de París; c) fortalecer el tejido socioeconómico de las zonas rurales. Esto es, si anteriormente la única relación entre las distintas medidas era el control del gasto y la mera contención presupuestaria, ahora, con la entrada en vigor de esta nueva PAC, todos los antiguos programas de ayuda dejan de ser medidas aisladas entre sí, para pasar a concebirse dentro de un plan estratégico que debe contribuir a la consecución de los objetivos generales mencionados. Este nuevo enfoque se articula sobre una mayor subsidiariedad de los Estados Miembros que son quienes controlan y diseñan sus propias intervenciones, basándose en el marco normativo de referencia de la nueva PAC, que tiene su esencia en el Reglamento (UE) 2021/2115 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 2 de diciembre de 2021, por el que se establecen normas en relación con la ayuda a los planes estratégicos que deben elaborar los Estados miembros en el marco de la Política Agrícola Común (planes estratégicos de la PAC), financiada con cargo al Fondo Europeo Agrícola de Garantía (FEAGA) y al Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER). En respuesta a las exigencias del Reglamento citado, en el ámbito estatal se publicó el Plan Estratégico Nacional de la Política Agrícola Común (PEPAC) de España 2023-2027, que fue aprobado por la Comisión Europea el 31 de agosto de 2022 mediante la Decisión C(2022) 6017 y posteriormente modificado el 30 de agosto de 2023 mediante la Decisión C(2023) 5746. Centrándonos en el sector vitivinícola, con la entrada en vigor del PEPAC el antiguo programa de apoyo al sector vitivinícola español (PASVE) dejó de ser una medida aislada del resto de la PAC para pasar a formar parte del Plan Estratégico de la PAC como una intervención más, denominada Intervención Sectorial Vitivinícola (ISV). El marco normativo europeo de referencia se encuentra en el citado Reglamento (UE) 2021/2115, que en su Capítulo III establece los tipos de intervenciones a llevar a cabo en determinados sectores; dentro de este Capítulo, en su artículo 43, establece la obligatoriedad de la intervención en el sector vitivin