BOPV nº 223 · 2025-11-19 · Gobernanza, Administración Digital y Autogobierno

DECRETO 207/2025, de 28 de octubre, de modificación del Decreto, por el que se regulan las retribuciones complementarias de los puestos de trabajo reservados a personal funcionario de la Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi.

El Decreto 79/2005, de 12 de abril, por el que se regulan las retribuciones complementarias de los puestos de trabajo reservados a personal funcionario de la Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi, desarrolló los criterios y los indicadores necesarios para determinar las retribuciones complementarias previstas en el artículo 79 de la Ley 6/1989, de 6 de julio, de la Función Pública Vasca: el complemento de destino, el específico y el de productividad. La Ley 7/2021, de 11 de noviembre, de los cuerpos y de las escalas de la Administración de la Comunidad Autónoma de Euskadi, ha adaptado los grupos y subgrupos en que se clasifican los cuerpos y escalas del personal funcionario a las prescripciones del artículo 76 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público. Posteriormente, la Ley 11/2022, de 1 de diciembre, de Empleo Público Vasco, ha derogado y sustituido a la Ley 6/1989, de 6 de julio, de la Función Pública Vasca, actualizando el modelo de empleo público vasco, y, asumiendo la nueva clasificación de grupos y subgrupos profesionales. En su Título IX regula el sistema retributivo en el empleo público, donde incluye las retribuciones complementarias. En consecuencia, mediante la presente modificación se procede a adecuar el contenido del Decreto 79/2005, de 12 de abril, por el que se regulan las retribuciones complementarias de los puestos de trabajo reservados a personal funcionario de la Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi, a la legislación vigente. En concreto, se modifican las referencias que el Decreto realiza de la derogada Ley 6/1989, de 6 de julio, de la Función Pública Vasca, y se incorpora la nueva clasificación de los grupos y subgrupos establecidos en el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público. A la vez, se adecuan los concretos intervalos de niveles a la realidad de las retribuciones que percibe el personal funcionario de la Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi. En el caso del subgrupo A2, también se incrementa su nivel máximo de intervalo, de forma que el personal funcionario de este subgrupo pueda desempeñar puestos de mayor responsabilidad. En su virtud, a propuesta de la consejera de Gobernanza, Administración Digital y Autogobierno, visto el informe del Consejo Vasco del Empleo Público, de acuerdo con la Comisión Jurídica Asesora de Euskadi, y previa deliberación y aprobación del Consejo de Gobierno en su sesión celebrada el día 28 de octubre de 2025, DISPONGO : Artículo primero Modificación del artículo 2 del Decreto 79/2005, de 12 de abril, por el que se regulan las retribuciones complementarias de los puestos de trabajo reservados a personal funcionario de la Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi. El artículo 2 del Decreto 79/2005, de 12 de a

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