BOPV nº 247 · 2025-12-23 · Alimentación, Desarrollo Rural, Agricultura y Pesca

DECRETO 240/2025, de 9 de diciembre, por el que se atribuye al ente público de derecho privado Euskadiko Kirol Portuak la gestión del puerto deportivo de Elantxobe y los medios necesarios para tal fin.

La Ley 2/2018, de 28 de junio, de Puertos y Transporte Marítimo del País Vasco crea, en su artículo 23, el ente público de derecho privado Euskadiko Kirol Portuak como un ente con personalidad jurídica propia y plena capacidad para obrar para el cumplimiento de sus funciones, adscrito al departamento del Gobierno Vasco competente en materia de puertos. Esas funciones atribuidas por ley al nuevo ente eran las desarrolladas, hasta entonces, por la sociedad pública Euskadiko Kirol Portua, S.A., creada por Decreto 105/2000, de 6 de junio de 2000. El apartado 2 del citado artículo 23 establece que Euskadiko Kirol Portuak se regirá por lo dispuesto en esa Ley y en sus estatutos, que serían aprobados por decreto del Gobierno Vasco a propuesta del departamento competente en la materia. Además, el apartado 1 de la Disposición Adicional Primera de la Ley 2/2018, de 28 de junio, establecía que el inicio de las actividades del ente se determinaría por decreto del Gobierno Vasco. Así, por Decreto 58/2020, de 12 de mayo, se aprueban los estatutos de «Euskadiko Kirol Portuak» y se determina el inicio de su actividad. Por su parte, el Decreto 59/2020, de 12 de mayo, adscribe a «Euskadiko Kirol Portuak» los medios necesarios para el desarrollo de sus funciones y, finalmente, por Decreto 288/2020, de 29 de diciembre, se autoriza la extinción de la sociedad pública «Euskadiko Kirol Portua, S.A.». Se cumplía así el mandato legal de liquidar y extinguir la sociedad pública una vez aprobado el decreto de inicio de actividades del ente Euskadiko Kirol Portuak. Cabe indicar que el citado Decreto 59/2020, de 12 de mayo, adscribió a «Euskadiko Kirol Portuak» la gestión de los puertos deportivos que ya se gestionaban desde la sociedad pública: Hondarribia, Dársena Deportiva de Molla Veteranos en Hondarribia, Dársena Deportiva de Donostia, Puerto Deportivo de Orio, Dársena Deportiva de Getaria, Dársena Deportiva de Deba, Puerto Deportivo de Mutriku, Puerto Deportivo de Mundaka, Dársena Deportiva de Bermeo, Puerto Deportivo de Armintza, Puerto Deportivo de Pentzia y Puerto de Zumaia. De esa manera, la gestión de los puertos de Elantxobe, Lekeitio y Ondarroa quedaba reservada a la Dirección de Puertos, Asuntos Marítimos y Litoral del Departamento de Alimentación, Desarrollo Rural, Agricultura y Pesca, con el objetivo de ir atribuyendo a Euskadiko Kirol Portuak la gestión integral de todos los puertos deportivos. Con posterioridad, mediante Decreto 33/2022, de 8 de marzo, publicado en el BOPV de 18 de marzo de 2022, se atribuía al ente público de derecho privado Euskadiko Kirol Portuak la gestión del Puerto Deportivo de Lekeitio y los medios necesarios para tal fin. Por el presente Decreto, se procede a atribuir la gestión y los medios necesarios del puerto de Elantxobe a Euskadiko Kirol Portuak. Con respecto al personal debemos indicar que en la actualidad no existe personal funcionario o laboral adscrito al Departamento de Alimentación, Desarrollo Rural, Agricultura y Pesca

Publicación oficial en euskadi.eus

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