BOPV nº 247 · 2025-12-23 · Bienestar, Juventud y Reto Demográfico

RESOLUCIÓN de 17 de diciembre de 2025, del director de Juventud y Emancipación, por la que se convoca a personas jóvenes para participar en el programa «Juventud Vasca Cooperante» en el año 2026.

El artículo 10.39 del Estatuto de Autonomía para el País Vasco dispone que corresponde a la Comunidad Autónoma la competencia exclusiva en materia de política juvenil. Asimismo, el artículo 40 de la Ley 2/2022, de 10 de marzo, de Juventud, atribuye el fomento de la participación de la juventud en actividades de voluntariado a las administraciones públicas vascas, en el ámbito de sus respectivas competencias. De conformidad con lo determinado en el artículo 2 del Decreto 18/2024, de 23 de junio, del lehendakari, de creación, supresión y modificación de los Departamentos de la Administración General de la Comunidad Autónoma del País Vasco y de determinación de funciones y áreas de actuación de los mismos, uno de los departamentos integrados en la estructura de la citada Administración General es el Departamento de Bienestar, Juventud y Reto Demográfico. En virtud de lo establecido en el artículo 15 del citado Decreto 18/2024, de 23 de junio, el mencionado Departamento de Bienestar, Juventud y Reto Demográfico tiene atribuidas, entre otras, las funciones y áreas de actuación relativas a juventud y emancipación. La Disposición adicional octava del Decreto 18/2024, de 23 de junio, dispone que el departamento anteriormente mencionado estará integrado por los órganos y unidades de la Viceconsejería de Políticas Sociales del extinto Departamento de Igualdad, Justicia y Asuntos Sociales, y por la Dirección de Juventud de la estructura anterior de Lehendakaritza. Por su parte, el artículo 14.2 del Decreto 320/2024, de 29 de octubre, por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Bienestar, Juventud y Reto Demográfico, establece que la Dirección de Juventud y Emancipación depende de la Viceconsejería de Juventud y Reto Demográfico, y el artículo 16 del decreto antes citado establece las funciones que corresponden a la mencionada dirección. Por Decreto 132/2023, de 12 de septiembre de 2023, de regulación del programa «Juventud Vasca Cooperante» (BOPV n.º 183, de 25 de septiembre de 2023), se regulan las dos vertientes del programa «Euskadiko Gazteak Lankidetzan»; una, relativa a la convocatoria de ayudas destinadas a las entidades de cooperación al desarrollo para que presenten los proyectos a desarrollar en Países del Sur, y otra, relativa a la convocatoria de ayudas a las personas jóvenes para su participación en dichos proyectos. Para el año 2026, la presente convocatoria, sujeta al régimen de tramitación anticipada, continúa con el objetivo de que las personas jóvenes del País Vasco se acerquen al concepto de cooperación, así como ofrecer la posibilidad de conocer «in situ» el desarrollo de tales acciones, experiencia que se verá ampliada y completada con la celebración previa de unas jornadas informativas y orientativas. En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 6 de la Ley 20/2023, de 21 de diciembre, Reguladora del Régimen de Subvenciones, la presente convocatoria tiene su oportuno reflejo en el Plan Estratégico de

Publicación oficial en euskadi.eus

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