BOPV nº 249 · 2025-12-26 · Alimentación, Desarrollo Rural, Agricultura y Pesca
ORDEN de 19 de diciembre de 2025, de la consejera de Alimentación, Desarrollo Rural, Agricultura y Pesca, por la que se deja sin efectos la Orden de 1 de diciembre 2025, por la que se adoptan medidas cautelares frente a la Dermatosis Nodular Contagiosa (DNC), y se establecen nuevas medidas cautelares.
La Dermatosis Nodular Contagiosa (DNC) es una enfermedad vírica emergente transmitida principalmente por vectores, caracterizada por su alta capacidad de propagación y por los graves perjuicios que ocasiona al ganado y a los intercambios comerciales. La evolución reciente de la situación epidemiológica en países y regiones cercanas, junto con la aparición de focos activos en territorio español, incrementa significativamente el riesgo sanitario en la Comunidad Autónoma Vasca, especialmente debido al intenso movimiento de animales y a la elevada concentración de explotaciones ganaderas. Ante este escenario, y con el objetivo de aplicar medidas preventivas proporcionadas y coordinadas se publicó, en el Boletín Oficial del País Vasco n.º 204 de 24 de octubre de 2025, la Orden de 24 de octubre 2025, de la consejera de Alimentación, Desarrollo Rural, Agricultura y Pesca, por la que se adoptan medidas cautelares frente a la Dermatosis Nodular Contagiosa (DNC). Esas medidas fueron modificadas por la Orden de 31 de octubre de 2025, debido a que se habían detectado algunas imprecisiones de carácter técnico, y por seguridad jurídica. Las medidas adoptadas por esta Orden debían mantenerse en vigor hasta el 30 de noviembre de 2025. Posteriormente, mediante Orden de 1 de diciembre de 2025, de la consejera de Alimentación, Desarrollo Rural, Agricultura y Pesca, se dejó sin efectos la indicada Orden de 31 de octubre 2025, se establecieron nuevas medidas cautelares que se mantendrían en vigor hasta el 15 de enero de 2026 y se fijó posibilidad de prorrogar dicho plazo mediante orden expresa en función de la evolución epidemiológica de la Dermatosis Nodular Contagiosa (DNC). No obstante, según los últimos datos epidemiológicos, en Catalunya no se han notificado nuevos focos de la enfermedad, pero en Francia se han notificado nuevos focos en los departamentos de Aude, Alta-Garona, Gers y Pirineos Atlánticos y obliga a extremar las precauciones. Ello hace necesario actualizar las medidas a tomar frente a la Dermatosis Nodular Contagiosa. Por ello, en atención al principio de seguridad jurídica, se estima necesario dejar sin efectos la Orden de 1 de diciembre de 2025, de la consejera de Alimentación, Desarrollo Rural, Agricultura y Pesca con el fin de poder establecer medidas más rigurosas y adecuadas a la evolución de la enfermedad. Por todo ello, y consultadas las Diputaciones Forales de los Territorios Históricos de Álava, Bizkaia y Gipuzkoa, y al amparo de lo establecido en el artículo 10. 9.º de la Ley Orgánica 3/1979, de 18 de diciembre, del Estatuto de Autonomía del País Vasco, en el Decreto 538/2024, de 11 de diciembre, por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Alimentación, Desarrollo Rural, Agricultura y Pesca. RESUELVO : Primero Dejar sin efecto la Orden de 1 de diciembre de 2025, de la consejera de Alimentación, Desarrollo Rural, Agricultura y Pesca, por la que se adoptan medidas cautelares frente a la Dermatosis Nodula