BOPV nº 252 · 2025-12-31 · Gobernanza, Administración Digital y Autogobierno

RESOLUCIÓN 106/2025, de 22 de diciembre, del director de la Secretaría del Gobierno y de Relaciones con el Parlamento, por la que se dispone la publicación del Convenio de cooperación transfronteriza con la Oficina Pública del Euskera de Iparralde, en materia de política lingüística en el periodo 2025-2029.

Habiéndose suscrito por la Administración General de la Comunidad Autónoma del País Vasco el Convenio referenciado, a los efectos de darle la publicidad debida, RESUELVO : Artículo único Publicar en el Boletín Oficial del País Vasco el texto del Convenio de cooperación transfronteriza suscrito con la Oficina Pública del Euskera de Iparralde, en materia de política lingüística en el periodo 2025-2029, que figura como anexo a la presente. En Vitoria-Gasteiz, a 22 de diciembre de 2025. El director de la Secretaría del Gobierno y de Relaciones con el Parlamento, JON IÑAKI URBINA GARCÍA DE VICUÑA. ANEXO A LA RESOLUCIÓN 106/2025, DE 22 DE DICIEMBRE, DEL DIRECTOR DE LA SECRETARÍA DEL GOBIERNO Y DE RELACIONES CON EL PARLAMENTO CONVENIO MARCO DE COOPERACIÓN TRANSFRONTERIZA ENTRE LA VICECONSEJERÍA DE POLÍTICA LINGÜÍSTICA DEL DEPARTAMENTO DE CULTURA Y POLÍTICA LINGÜÍSTICA DE LA ADMINISTRACIÓN GENERAL DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DEL PAÍS VASCO Y EL ORGANISMO PÚBLICO DEL EUSKERA DEL PAÍS VASCO FRANCÉS PARA EL PERIODO 2025-2029 PREÁMBULO Visto el Convenio Marco de Colaboración del Consejo de Europa relativo a la cooperación transfronteriza entre colectividades territoriales firmado en Madrid el 21 de mayo de 1980. Visto el Tratado de Colaboración transfronterizo entre el Estado español y la República francesa relativo a la cooperación transfronteriza entre colectividades territoriales firmado el 10 de marzo de 1995. Por un lado, en lo que respecta a la Administración General de la Comunidad Autónoma del País Vasco: En virtud de lo dispuesto en el Decreto 389/2024 de 26 de noviembre por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Cultura y Política Lingüística corresponde a la Viceconsejería de Política Lingüística articular y hacer el seguimiento de la política lingüística del Gobierno Vasco en cuanto a la normalización del uso del euskera, y establecer y desarrollar los criterios de actuación sobre dicha materia. La Viceconsejería de Política Lingüística, entre otras, tiene encomendadas las siguientes funciones: elaborar la planificación general y formular planes de actuación conjunta para toda la Comunidad Autónoma de Euskadi; dinamizar e impulsar las medidas de cooperación entre los poderes públicos con competencia en materia de política lingüística; mantener en el área de la normalización lingüística las relaciones con las entidades dedicadas a la normalización y a la normativización del euskera y llevar a cabo actuaciones con todo tipo de entidades de otros territorios en los que se asienta la comunidad lingüística vasca. El Parlamento Vasco ratificó en su sesión de 10 de diciembre de 1998 el Plan General de Promoción del Uso del Euskera, aprobado por el Gobierno Vasco el 28 de julio de 1998. Además, en su resolución tercera, solicitó al Gobierno Vasco que desarrollara la promoción del euskera en colaboración con organizaciones públicas y privadas de Navarra e Iparralde. Posteriormente vio la luz el Plan de Acción para la Promo

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