BOPV nº 10 · 2026-01-16 · Industria, Transición Energética y Sostenibilidad

RESOLUCIÓN de 1 de diciembre de 2025, del delegado territorial de Industria, Transición Energética y Sostenibilidad de Álava, por la que se concede autorización administrativa previa y de construcción, y declaración, en concreto, de utilidad pública, para el proyecto de planta solar fotovoltaica «Asparrena» de 4MW, en el término municipal de Asparrena (Álava).

N.º expediente: 01GEY 202300032 ANTECEDENTES DE HECHO Con fecha 6 de julio de 2023, Magna FV, S.L. solicitó autorización administrativa previa para el proyecto de planta solar fotovoltaica «Asparrena» de 4MW, en el término municipal de Asparrena. Se presentó, el 19 de julio de 2023, el documento ambiental del proyecto, al estar sometido a evaluación ambiental simplificada. La instalación objeto del proyecto dispone de permiso de acceso y conexión, otorgado por la empresa distribuidora I-DE Redes Eléctricas Inteligentes, S.A.U., con fecha 2 de febrero de 2023 con referencia 9041805193. Con fecha 25 de marzo de 2024 el promotor solicitó la declaración, en concreto, de utilidad pública para la instalación y la autorización administrativa de construcción. Con fecha 1 de julio de 2024, se completó ante la Dirección de Calidad Ambiental y Economía Circular del Gobierno Vasco, la solicitud para la emisión del informe de impacto ambiental. Con fecha 18 de diciembre de 2024, se publica en el Boletín Oficial del País Vasco, la Resolución del Director de Calidad Ambiental y Economía Circular por la que se formula el informe de impacto ambiental del proyecto de planta fotovoltaica «Asparrena» (Potencia Instalada 4 MW) en Asparrena, Álava, promovido por Magna FV, S.L., señalándose que no es previsible que con la ejecución del proyecto se generen afecciones negativas significativas sobre el medio ambiente siempre y cuando se añadan las medidas propuestas en el mismo informe. Por tanto, no se considera necesario que el proyecto se someta a evaluación de impacto ambiental ordinaria. Tras el procedimiento de evaluación ambiental, se requiere al promotor que se pronuncie sobre una de las medidas de protección del patrimonio natural, mencionadas en el informe de impacto ambiental, en la que se solicitaba el replanteo del último tramo de la línea de evacuación, según el proyecto inicial. El 30 de abril de 2025 el promotor presentó una modificación en el proyecto para adecuarse a la medida anteriormente mencionada, modificando el trazado y el punto de evacuación a la red de distribución. Tras el procedimiento de evaluación ambiental simplificada y modificación del proyecto, se inicia el trámite de información pública sectorial, previsto en el artículo 10 Decreto 48/2020, de 31 de marzo, por el que se regulan los procedimientos de autorización administrativa de las instalaciones de producción, transporte y distribución de energía eléctrica, mediante publicaciones de los correspondientes anuncios en el Boletín Oficial del País Vasco n.º 194, de 13 de octubre de 2025, en el Boletín Oficial del Territorio Histórico de Álava n.º 122, de 27 de octubre de 2025 y en el diario El Correo edición Álava de 29 de octubre de 2025, incluyendo la relación de bienes y derechos afectados que el promotor considera de necesaria expropiación. De forma simultánea, se realizan las consultas previstas en el artículo 11 del mencionado Decreto 48/2020, dando traslado de una separata del antep

Publicación oficial en euskadi.eus

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