BOPV nº 10 · 2026-01-16 · Justicia y Derechos Humanos

ORDEN de 17 de diciembre de 2025, de la consejera de Justicia y Derechos Humanos, por la que se establecen las bases reguladoras y la convocatoria para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para el bienio 2026-2027, que tengan por objeto proyectos comunitarios de resocialización y atención social de personas penadas privadas de libertad, dependientes de los centros penitenciarios vascos, así como de apoyo en la ejecución de penas y tratamiento de personas penadas en medio penitenciario, abierto y comunitario.

El Estatuto de Autonomía del País Vasco reconoce, en su artículo 10.14, la competencia exclusiva de la Comunidad Autónoma de Euskadi en materia de organización, régimen y funcionamiento de las instituciones penitenciarias y de reinserción social, conforme a la legislación general en materia civil, penal y penitenciaria. Por otro lado, el artículo 12.1 atribuye a nuestra comunidad autónoma la competencia sobre ejecución de la legislación penitenciaria del Estado. La asunción del traspaso de los medios y recursos de dichas competencias se ha producido por el Real Decreto 474/2021, de 29 de junio y el Decreto 169/2021, de 6 de julio, que aprueban el Acuerdo de la Comisión Mixta de Transferencias Estado-Comunidad Autónoma, de 10 de mayo de 2021, de traspaso a la Comunidad Autónoma del País Vasco de funciones y servicios sobre ejecución de la legislación del Estado en materia penitenciaria. De conformidad con el artículo 12, letra i) del Decreto 26/2024, de 5 de noviembre, por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Justicia y Derechos Humanos, corresponde a la Dirección de Justicia gestionar las prestaciones en el ámbito penitenciario de la educación, la acción social, el trabajo penitenciario, la formación ocupacional, la inserción sociolaboral, la promoción de actividades culturales y deportivas, y la prevención y tratamiento de adicciones, facilitando la coordinación con Aukerak, Agencia Vasca de Reinserción Social y las administraciones competentes en materia de salud, educación, empleo y servicios sociales, así como mediante la coordinación de programas de intervención de organizaciones no gubernamentales. Objetivo fundamental de la política penitenciaria es impulsar, dentro del marco normativo, la mejora de los programas de resocialización y reinserción social y, de esta forma, hacer efectivo el principio de reinserción social contenido en los textos internacionales y en el artículo 25.2 de la Constitución española. El tratamiento penitenciario es la vía para promover tal resocialización y se manifiesta en el diseño de programas e intervenciones formativas orientadas a desarrollar, mejorar las habilidades de las personas internas y proporcionar soluciones a problemáticas específicas vinculadas las conductas delictivas previas. Preparar el camino para dicha resocialización requiere de la conjunción de diversas políticas públicas, pero también es imprescindible la implicación y participación de la sociedad, por ello el principio comunitario se constituye en uno de los valores del modelo penitenciario vasco. El cambio personal promovido por dichas intervenciones es posible gracias al esfuerzo conjunto y colaboración de las administraciones públicas y entidades sociales que desempeñan una participación activa en la resocialización de esta población y cuya participación en los procesos de reinserción social, inclusión y transformación comunitaria es primordial. La propia Ley Orgánica General Penitenciaria, en su ar

Publicación oficial en euskadi.eus

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