BOPV nº 15 · 2026-01-23 · Gobernanza, Administración Digital y Autogobierno

RESOLUCIÓN 4/2026, de 14 de enero, del director de la Secretaría del Gobierno y de Relaciones con el Parlamento, por la que se dispone la publicación del Convenio suscrito con Renfe Viajeros, S.M.E., S.A, para la bonificación tarifaria en trenes de media distancia en los trayectos entre las estaciones de Miranda de Ebro y Alsasua e intermedias.

Habiéndose suscrito por la Administración General de la Comunidad Autónoma del País Vasco el Convenio referenciado, a los efectos de darle la publicidad debida, RESUELVO : Artículo único Publicar en el Boletín Oficial del País Vasco el texto del Convenio suscrito con Renfe Viajeros, S.M.E., S.A, para la bonificación tarifaria en trenes de media distancia en los trayectos entre las estaciones de Miranda de Ebro y Alsasua e intermedias, que figura como anexo a la presente. En Vitoria-Gasteiz, a 14 de enero de 2026. El director de la Secretaría del Gobierno y de Relaciones con el Parlamento, JON IÑAKI URBINA GARCÍA DE VICUÑA. ANEXO A LA RESOLUCIÓN 4/2026, DE 14 DE ENERO, DEL DIRECTOR DE LA SECRETARÍA DEL GOBIERNO Y DE RELACIONES CON EL PARLAMENTO CONVENIO ENTRE LA ADMINISTRACIÓN GENERAL DE EUSKADI Y RENFE VIAJEROS SOCIEDAD MERCANTIL ESTATAL, S.A., PARA LA BONIFICACIÓN TARIFARIA EN TRENES DE MEDIA DISTANCIA EN LOS TRAYECTOS ENTRE LAS ESTACIONES DE MIRANDA DE EBRO Y ALSASUA E INTERMEDIAS REUNIDOS : De una parte, la Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi (en adelante, AGCAE), representada por la consejera de Movilidad Sostenible del Gobierno Vasco, Dña. Susana García Chueca. Y, de otra parte, Renfe Viajeros Sociedad Mercantil Estatal, S.A. (en adelante Renfe Viajeros), con domicilio social en Madrid, con domicilio social en Madrid, Avenida Ciudad de Barcelona, 4, y con NIF: A-86868189. Actúa representada en este acto por D. Álvaro Fernández Heredia, en su condición de presidente del Consejo de Administración, en virtud de los poderes otorgados el 29 de enero de 2025 ante el Notario de Madrid D. Tomás Pérez Ramos, con el número 761 de orden de su Protocolo. Ambas partes se reconocen capacidad y competencia suficientes para formalizar el presente Convenio, y a tal efecto, EXPONEN: El Real Decreto 368/2024, de 9 de abril, aprueba el traspaso a la Comunidad Autónoma del País Vasco de las funciones de la Administración General del Estado (en adelante AGE) correspondientes a los servicios de transporte de personas viajeras por ferrocarril de cercanías que en el mismo se relacionan (Núcleos de Cercanías de ancho ibérico de Bilbao y de San Sebastián, y Núcleo de Cercanías de ancho métrico de Bilbao). Entre las funciones que asume la Comunidad Autónoma está la potestad tarifaria, que incluye expresamente la fijación del régimen de compensaciones, la formalización de los contratos de OSP, y la determinación de las tarifas y precios aplicables al servicio, así como la articulación de las fórmulas de adhesión a los sistemas tarifarios integrados y la aplicación de las bonificaciones establecidas respecto a determinados colectivos de usuarios. Este traspaso ya es efectivo desde el 1 de enero de 2025, tras la entrada en vigor del acuerdo de subrogación suscrito el 28 de noviembre de 2024 entre la AGE, la AGCAE, y Renfe Viajeros. Si bien el alcance del traspaso de competencias al Gobierno Vasco se circunscribe al ámbito de los núcleos de cercanías

Publicación oficial en euskadi.eus

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