BOPV nº 31 · 2026-02-16 · Gobernanza, Administración Digital y Autogobierno

ORDEN de 6 de febrero de 2026, de la consejera de Gobernanza, Administración Digital y Autogobierno, por la que se inscribe en el Registro de Fundaciones del País Vasco la modificación de estatutos de la fundación ahora denominada Fundación Deep Tek Gipuzkoa Fundazioa.

El 13 de marzo de 2025 ha tenido entrada en el Departamento de Gobernanza, Administración Digital y Autogobierno, solicitud de inscripción en el Registro de Fundaciones del País Vasco, de la modificación de estatutos, entre ellos la modificación de la denominación, de la fundación antes denominada Fundación Biozientziak-Gipuzkoa Fundazioa. Se adjunta al escrito de solicitud la documentación obrante en el expediente. El 19 de noviembre de 2024 se acuerda por el patronato de la fundación la modificación del artículo 3 de los estatutos relativo al objeto y fines fundacionales, con el objetivo de ampliar su ámbito de actuación, no limitándolo al sector de las biociencias, sino ampliándolo a todo tipo de innovación tecnológica «Deep Tech». El acuerdo fue elevado a público en Donostia-San Sebastián, el 12 de marzo de 2025, ante el notario D. Gaspar Rodriguez Santos (número de protocolo: 723). Asimismo, el día 28 de enero de 2025 el patronato de la fundación acordó el cambio de la denominación de la misma, modificando todos los artículos donde aparece el nombre de la fundación (antes Fundación Biozientziak-Gipuzkoa Fundazioa, ahora Fundación Deep Tek Gipuzkoa Fundazioa), así como el traslado de su domicilio social (artículo 5 de los estatutos). Ambos acuerdos, suponen una modificación estatutaria que requiere de un quorum que no existió en la convocatoria. El Registro de Fundaciones requirió a la Fundación la subsanación de los defectos observados, teniendo entrada el 30 de enero de 2026 en el Departamento de Gobernanza, Administración Digital y Autogobierno, la subsanación solicitada. El día 17 de diciembre de 2025, con el quorum requerido para la modificación de estatutos, el patronato acordó el cambio de denominación y domicilio social. El acuerdo fue elevado a público en Donostia-San Sebastián, mediante una escritura subsanatoria, el 29 de enero de 2026, ante el notario D. Gaspar Rodriguez Santos (número de protocolo: 147). Corresponde a la consejera de Gobernanza, Administración Digital y Autogobierno dictar, mediante Orden, la resolución del presente expediente de modificación estatutaria, en virtud de lo previsto en el artículo 3.1.a) del Decreto 115/2019, de 23 de julio, por el que se aprueba el Reglamento del Protectorado y del Registro de Fundaciones del País Vasco; y en el artículo 9.1.n) del Decreto 18/2024, de 23 de junio, del lehendakari, de creación, supresión y modificación de los Departamentos de la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco y de determinación de funciones y áreas de actuación de los mismos. Se han aportado al presente expediente cuantos datos y documentos se consideran esenciales, y se ha cumplido, especialmente, lo previsto en los artículos 37 y 51.2 de la Ley 9/2016, de 2 de junio, de Fundaciones del País Vasco; y el artículo 42 del Decreto 115/2019, de 23 de julio, por el que se aprueba el Reglamento del Protectorado y del Registro de Fundaciones del País Vasco. El texto refundido de los estatutos fundac

Publicación oficial en euskadi.eus

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