BOPV nº 32 · 2026-02-17 · Industria, Transición Energética y Sostenibilidad

RESOLUCIÓN de 4 de febrero de 2026, del delegado territorial de Industria, Transición Energética y Sostenibilidad de Gipuzkoa, por la que se convoca para el levantamiento de las Actas Previas a la ocupación de determinadas fincas afectadas por el siguiente proyecto: Línea eléctrica a 132 kV, doble circuito, Abadiano-Azpeitia 1 y 2, tramo entre ap.27-ap.50 y E/S a ST Bergara de la línea Abadiano-Azpeitia 1, en los términos municipales de Bergara y Elgeta. Ref.: 20ATY 2026-8, 20ATY 2024-88.

Por Resolución de 19 de diciembre de 2025 del delegado territorial de Gipuzkoa en funciones del Departamento de Industria, Transición Energética y Sostenibilidad, se concedieron las autorizaciones administrativas previa y de construcción, y se declaró la utilidad pública de las instalaciones de la «Línea eléctrica a 132 kV, doble circuito, Abadiano-Azpeitia 1 y 2, tramo entre AP. 27 AP. 50 y E/S a ST Bergara de la línea Abadiano-Azpeitia 1», en los términos municipales de Bergara y Elgeta. Expediente: 20-ATY-2024-88 (BOPV de 19-12-2025). Dicha declaración de utilidad pública, a tenor de lo dispuesto en el artículo 56 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico (BOE de 27-12-2013), lleva implícita la necesidad de ocupación de los bienes y derechos afectados, da lugar a la urgente ocupación de los mismos y determina las consecuencias que para la declaración de urgente ocupación dispone el artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa de 16 de diciembre de 1954, con los efectos registrales del artículo 53 de la misma. En su virtud, el Delegado Territorial de Gipuzkoa en funciones, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa de 16 de diciembre de 1954 citada, ha resuelto convocar a los propietarios y titulares de los derechos afectados, en los Ayuntamientos de Bergara y Elgeta (Gipuzkoa) donde radican los bienes afectados, como punto de reunión para llevar a cabo el levantamiento de las actas previas a la ocupación de los bienes afectados y, si procediera, el de la ocupación definitiva, sin perjuicio de trasladarse al terreno en caso necesario. Todos los interesados, así como las personas que sean titulares de cualquier clase de derechos o intereses sobre los bienes afectados, deberán acudir personalmente o bien representados por personas debidamente autorizadas, aportando documentos acreditativos de su titularidad y el último recibo de la contribución, pudiendo hacerse acompañar por un perito y un notario si lo estiman oportuno. El levantamiento de actas previas tendrá lugar los días 27 y 28 de abril y 4 y 5 de mayo de 2026, comunicándose la orden del levantamiento a los titulares mediante envío de cédula de citación en la que se señale lugar, día y hora, procediéndose, asimismo, a las demás publicaciones establecidas en el artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa. En el expediente expropiatorio, la empresa I-DE Redes Eléctricas Inteligentes, S.A.U., asumirá la condición de Beneficiaria. Asimismo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 56.2 del Reglamento de Expropiación Forzosa, los interesados así como las personas que siendo titulares de derechos reales o intereses económicos se hayan podido omitir en la relación publicada, podrán formular por escrito a la Departamento de Industria, Transición Energética y Sostenibilidad del Gobierno Vasco, sita en la calle Easo n.º 10 de San Sebastián (20006), hasta el día señalado para el levantamiento de las actas previas, las alegaciones que

Publicación oficial en euskadi.eus

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