BOPV nº 45 · 2026-03-06 · Educación

ORDEN de 17 de febrero de 2026, de la consejera de Educación, por la que se modifica la titularidad del Centro Privado de Educación Infantil, Primaria y Secundaria «Amaurre» de Amurrio (Álava).

Examinado el expediente incoado a instancias de la entidad «Bidaide Fundazioa» titular del Centro Privado de Educación Infantil, Primaria y Secundaria «Amaurre» (n.º de códigos 010195 y 01000068) de Amurrio (Álava), en solicitud de cambio de titularidad de la entidad. Resultando que el citado expediente ha sido tramitado de conformidad con el procedimiento establecido, que se ha unido al mismo la documentación exigida por la normativa vigente y que ha sido informado por los organismos competentes en la materia. Vistos la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del derecho a la Educación, el Real Decreto 332/1992, de 3 de abril, sobre autorizaciones de centros docentes privados para impartir enseñanzas de régimen general no universitarias, modificado por el Real Decreto 131/2010, de 12 de febrero, y el Real Decreto 132/2010, de 12 de febrero, por el que se establecen los requisitos mínimos de los centros que impartan las enseñanzas del segundo ciclo de la educación infantil, la educación primaria y la educación secundaria y demás legislación vigente aplicable en la materia, RESUELVO : Primero Autorizar, el cambio de titularidad, a partir del 28 de enero de 2026, de la entidad «Bidaide Fundazioa», Centro Privado de Educación Infantil, Primaria y Secundaria «Amaurre» de Amurrio (Álava), quedando a partir de ese momento, a estar inscrito en el Registro de Centros no universitarios del Departamento de Educación con los siguientes datos registrales: Códigos del centro: 010195 (CAPV) y 01000068 (universal). Denominación genérica: Centro Privado de Educación Infantil, Primaria y Secundaria. Denominación específica: «Amaurre». Titular: «Fundación Educativa del Sur Santo Tomás de Aquino». Domicilio: Dionisio Aldama, 16. Municipio: Amurrio. Territorio Histórico: Álava. Enseñanzas autorizadas: Educación Infantil 1er ciclo: 6 unidades. 2 unidades para niños y niñas de 0-1 años, con capacidad, cada una de ellas, para 8 puestos escolares. 2 unidades para niños y niñas de 1-2 años, con capacidad, cada una de ellas, para 13 puestos escolares. 2 unidades para niños y niñas de 2-3 años, una con capacidad para 17 puestos escolares y otra con capacidad para 15 puestos escolares. Educación Infantil 2.º ciclo: 3 unidades con capacidad, cada una de ellas, para 25 puestos escolares. Educación Primaria: 6 unidades con capacidad, cada una de ellas, para 25 puestos escolares. Educación Secundaria Obligatoria: 6 unidades con capacidad, cada una de ellas, para 30 puestos escolares. Segundo De conformidad con lo establecido en el artículo trece de Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del Derecho a la Educación, el centro no podrá utilizar, para identificarse, denominaciones distintas de las que figuren en su correspondiente inscripción registral. Tercero En toda solicitud o comunicación dirigida a la Administración educativa, en la documentación propia y en la publicidad referente al centro, cualquiera que sea el medio por el que esta se realice, la entidad ti

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